REVISTA AUTOCLUB
- ¿Cómo consultar si tienes multas de la DGT?
La Dirección General de Tráfico (DGT) te facilita la consulta de las multas de manera rápida y gratuita a través de cuatro vías:
Hazte Socio del RACE y olvídate de las multas.
Te avisamos por SMS o email de posibles sanciones y recurrimos tus multas por ti.
¡Quiero más información!- El Tablón Edictal de Sanciones.
- La Dirección Electrónica Vial (DEV): podrás consultar las multas por correo electrónico o SMS.
- La aplicación miDGT.
- De forma presencial en cualquier oficina de Tráfico.
Cuatro formas de consultar las multas de la DGT
Si quieres saber qué tipos de multas de tráfico tienes, puedes realizar la consulta a través de las siguientes vías:
1) ¿Cómo consultar las multas pendientes de la DGT a través del TESTRA?
Puedes realizar la consulta de las multas de tráfico de la DGT en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA) introduciendo en los cuadros de búsqueda la matrícula de tu vehículo y/o tu DNI.
¿Cómo consultar las multas de tráfico a través de la matrícula?
Si te han puesto una multa en carretera, la DGT por defecto te notificará la sanción a través de correo postal y posteriormente aparecerá en el Tablón Edictal si no te han podido localizar en tu domicilio.
En la web del Tablón Edictal de Sanciones (TESTRA) podrás acceder a las notificaciones de procedimientos sancionadores de la DGT, servicios de tráfico de Cataluña y País Vasco y de más de 900 ayuntamientos. No es necesario que estés registrado ni tener el certificado digital. Puedes consultar la multa mediante el número de matrícula del vehículo donde indica “acceso al servicio sin certificado”. Si dispones de certificado, podrás consultarlo en la sección “Mis Edictos”, dentro de la web de consultas de multas de la DGT.
¿Cómo consultar las multas de la DGT con el DNI?
El proceso es el mismo que el que hemos explicado con la matrícula. Tienes que acceder a la web del TESTRA y ahí, en lugar de buscar por matrícula, podrás encontrar la multa poniendo tu nombre y apellidos o el número de tu DNI, con la letra incluida.
Si no quieres que tus datos personales estén a la vista de todo el que entre en TESTRA, puedes solicitar que te den de alta en la lista de excluidos. Para hacer esta gestión es necesario que cuentes con un certificado digital o DNI electrónico que garantice tu identificación y autenticidad de los datos o bien los de la persona a la que autorices.
2) ¿Cómo saber si tienes multas de tráfico por correo electrónico o SMS a través de la Dirección Electrónica Vial?
Más sencillo todavía porque te evita tener que estar pendiente de acceder a TESTRA periódicamente, es darte de alta en la Dirección Electrónica Vial (DEV). Este servicio voluntario y gratuito para todos los ciudadanos te permite recibir en tu correo electrónico cualquier notificación de multas, comunicaciones de la DGT y otras administraciones con competencias sancionadoras en materia de tráfico que estén dadas de alta en el TESTRA. De forma complementaria, también puedes activar que la notificación te llegue al teléfono móvil por un mensaje (SMS).
Es importante saber que el DEV sustituye la dirección de tu domicilio por una dirección de correo electrónico, por lo que, si te das de alta en este servicio, ya no recibirás las notificaciones en papel, aunque podrás darte de baja cuando quieras. En dicho correo electrónico recibirás todas las notificaciones relativas a tu permiso de conducir y a los vehículos que tengas en propiedad. En este vídeo la DGT te explica cómo darte de alta en el DEV.
Las empresas están obligadas a darse de alta en la Dirección Electrónica Vial
Desde el 1 de noviembre de 2022, cualquier persona jurídica (sociedad o entidad pública o privada con determinados derechos y obligaciones) o empresa que sea titular de un permiso de circulación, o sea arrendataria a largo plazo de un vehículo está obligada a estar dada de alta en la Dirección Electrónica Vial (DEV), según lo establece el artículo 60 de la Ley de Tráfico. Esta Dirección Electrónica Vial es un buzón electrónico en el que se reciben las notificaciones de tráfico y cualquier incidencia de la DGT.
De esta forma, la Dirección General de Tráfico sólo hará la notificación de las multas a las personas jurídicas a través de la DEV y dejará de comunicarlas de forma física a través de papel. Estas personas jurídicas tendrán que facilitar un teléfono móvil y un correo electrónico para recibir los avisos de notificación de multas y otro tipo de comunicaciones.
A aquellas empresas que no tuvieron una DEV en la fecha comunicada, la DGT les asignó una de oficio.
3) También puedes consultar las multas de la DGT a través de la app miDGT en el móvil
La Dirección General de Tráfico puso a disposición de los conductores en marzo de 2020 la aplicación miDGT. Con ella puedes consultar tu carnet de conducir, el permiso de circulación y ficha técnica de los vehículos que tengas, además de otra serie de cosas. Entre ellas, hay un apartado que se llama ‘mis multas’. Una vez dentro, puedes consultar las multas que tienes pendientes e incluso pagarlas.
4) Consulta las multas de la DGT de forma presencial
La última forma que tienes de enterarte de si te han puesto una multa de la DGT es personándote en cualquier oficina de Tráfico. No obstante, tendrás que pedir cita previa llamando al 060, a través de la web de la DGT o por medio de la aplicación miDGT.
¿Cómo saber si tengo multas del ayuntamiento?
Además de la DGT, un ayuntamiento puede ser otro emisor que te ponga una multa. Para saber si tienes una multa de algún ayuntamiento de España debes acceder a la web del Tablón Edictal de Sanciones (TESTRA) para consultar a través de la matrícula de tu coche o tu DNI (no es necesario certificado digital) si tienes alguna sanción pendiente, ya que la mayoría de los ayuntamientos publica la información a través del TESTRA.
También podrás acceder a dicha información consultando la web de un ayuntamiento en particular. Por ejemplo, en Madrid puedes saber si tienes multas con el certificado digital o a través de tu DNI, siempre que tengas instalado en tu móvil el sistema Cl@ve PIN o Cl@ve permanente.
Preguntas frecuentes
Resolvemos algunas de las dudas más comunes que pueden surgir sobre las multas de tráfico:
¿Cuánto tarda la DGT en notificar una multa?
No existe un plazo concreto en el que la DGT se compromete a notificar una multa, aunque tiene un tiempo máximo de 3 meses para las infracciones leves y de 6 meses para las graves o muy graves.
¿Caducan las multas de la DGT si no me las notifica?
Sí. Las multas prescriben si no se notifican en plazo:
- Infracciones leves: prescriben a los 3 meses.
- Infracciones graves y muy graves: prescriben a los 6 meses.
Si la notificación no se practica dentro de esos plazos, la sanción puede perder validez por prescripción, salvo que haya intentos de la Administración de notificar la multa a través de las vías legales correspondientes.
¿Cómo puedo recurrir una multa de tráfico?
Puedes recurrir una multa de tráfico presentando:
- Alegaciones, dentro de los 20 días naturales siguientes a la notificación.
- Un recurso de reposición, si las alegaciones son desestimadas.
- Un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales como última vía.
Debes tener en cuenta que si pagas la multa con la reducción del 50 %, renuncias automáticamente a presentar un recurso.
Si la multa llega al titular, pero no cometió la infracción, ¿es obligatorio indicar el conductor que la hizo?
Sí. Cuando la multa llega al titular del vehículo y no era quien conducía, éste tiene la obligación de identificar al conductor responsable en el plazo indicado en la notificación. La no identificación del conductor puede conllevar una sanción adicional.
¿Te han retirado el carnet y quieres recuperarlo?
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¡Quiero tener mi carnet protegido!Seguir leyendo → - La Fundación RACE y STEM Racing Spain firman un acuerdo de colaboración para impulsar el talento STEM en el motorsport
La Fundación RACE, a través del Circuito de Madrid Jarama – RACE, y STEM Racing Spain han formalizado un acuerdo de colaboración estratégica con el objetivo de impulsar la formación, la vocación profesional y el desarrollo del talento joven en los ámbitos de la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas (STEM) aplicados al motorsport.
La firma del convenio ha tenido lugar en las instalaciones del Circuito de Madrid Jarama – RACE, un enclave de referencia histórica, deportiva y tecnológica del automovilismo español. Este acuerdo pone en valor la experiencia y liderazgo de la Fundación RACE en el ámbito del automovilismo, la seguridad vial y la formación, y refuerza el alcance y la repercusión del programa STEM Racing Spain en España.
STEM Racing Spain es una competición educativa en la que jóvenes estudiantes diseñan, construyen y compiten con monoplazas a escala propulsados por cartuchos de aire comprimido, fomentando el aprendizaje práctico, el trabajo en equipo y el desarrollo de competencias técnicas y personales vinculadas a la ingeniería y la innovación.
En el marco de este acuerdo, ambas entidades trabajarán de manera coordinada en el desarrollo de iniciativas educativas, programas formativos y acciones de divulgación dirigidas a estudiantes y jóvenes talentos. Gracias a esta colaboración, el Circuito de Madrid Jarama – RACE acogerá el 6 de abril las jornadas de pruebas del programa STEM Racing Spain, así como los días 28 y 29 de abril las finales regionales de STEM Racing Spain de la Comunidad de Madrid, consolidándose como escenario clave del proyecto en 2026.
Además, Fundación RACE y STEM Racing Spain impulsarán conjuntamente talleres, mesas redondas, becas y eventos orientados a despertar el interés de los más jóvenes por las profesiones STEM y a facilitar el contacto entre el entorno educativo y el ámbito profesional y competitivo.
Estas iniciativas se integrarán en la agenda de actividades que está preparando la Fundación RACE con motivo del Año del Motor, contribuyendo a reforzar el posicionamiento de Madrid como capital del motorsport y la movilidad en 2026. Un año especialmente relevante para la región, que acogerá por primera vez en su historia dos grandes eventos deportivos de alcance mundial: la Fórmula E y la Fórmula 1.
Con este acuerdo, la Fundación RACE consolida su compromiso con la educación, la innovación y la formación de nuevas generaciones de profesionales, ampliando su papel como espacio de referencia no solo en el ámbito deportivo, sino también en el educativo y tecnológico. Para STEM Racing Spain, esta alianza estratégica con una institución de prestigio supone un impulso clave para potenciar el impacto, la visibilidad y el crecimiento de sus programas formativos en España.
Ambas organizaciones han subrayado la importancia de generar sinergias entre el entorno educativo y el ámbito profesional y competitivo, como vía para preparar a los jóvenes ante los retos del futuro y contribuir al desarrollo del talento vinculado a la movilidad, la ingeniería y el motorsport.

Enrique Herrero, responsable de Patrocinios y Proyectos Estratégicos de la Fundación RACE, Venancio Menéndez, manager de Motorsport & Track Management del Circuito de Madrid Jarama – RACE, Juan Carlos Servera, directos adjunto del Circuito de Madrid Jarama – RACE, Ignacio Fernández, director de la Fundación RACE, de RR.II. y del Circuito de Madrid Jarama – RACE, Cristina Benzal, directora de STEM Racing Spain, Pepe Ortiz, director General de MADCUP y Gorka Rubio, director de Patrocinios de MADCUP.Más información:
Dirección de Comunicación Institucional RACE
comunicacion@race.esSeguir leyendo → - ¿Es obligatoria la luz de emergencia V16 para tu moto en 2026?
Si tienes una moto y tienes un percance que te obliga a detenerte en el arcén de una carretera, no es obligatorio llevar la luz de emergencia V16, aunque su uso está permitido y recomendado por la Dirección General de Tráfico (DGT). Desde el RACE, aconsejamos incorporar también la luz de emergencia conectada en vehículos de dos ruedas por su tamaño compacto, facilidad de uso y mejora de la visibilidad en situaciones de emergencia.
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¡Descúbrelo aquí!La luz de emergencia V16 no es obligatoria en la moto, pero sí recomendable
En el anexo XII del Reglamento General de Circulación se especifican los accesorios, herramientas y repuestos que deben llevar los vehículos de motor en circulación. Cuando se menciona el dispositivo luminoso de preseñalización de peligro V16 se especifica que es para:
- Turismos.
- Vehículos mixtos y automóviles destinados al transporte de mercancías de masa máxima autorizada no superior a 3.500 kg, excepto los vehículos de tres ruedas y cuatriciclos.
Por tanto, la normativa no menciona específicamente el uso de la señal V16 por parte de las motos. Estos vehículos de dos ruedas no estaban obligados antes de 2026 a llevar los triángulos de emergencia por su propio tamaño y naturaleza. Con la llegada de la señal V16 el problema del tamaño de los triángulos se resuelve en gran medida (cabe en la palma de una mano), aunque todavía implica llevar un objeto que ocupa algo de espacio y que habría que transportar en la moto de alguna forma, de ahí que no sea obligatoria su utilización, aunque sí altamente recomendable tanto en motos como en ciclomotores.
¿Dónde hay que colocar la señal V16 en una moto?
La Dirección General de Tráfico (DGT) explica que la señal V16 debe colocarse en la parte más alta del vehículo. El objetivo es que cualquier conductor localice rápidamente el vehículo que está inmovilizado en la calzada.
En las motos, debido a que la baliza tiene una base magnética, un lugar recomendable es el depósito en el que quedará adherido si es metálico. Si tienes un scooter, puedes colocar la baliza en el asiento o encima del baúl, si lo lleva montado. Si no, también puedes colocarlo sobre el guardarraíl de la vía. Recuerda que la clave es que los conductores puedan verla lo más pronto posible.
¿Qué características debe tener la luz de emergencia V16?

Desde enero de 2026, según el artículo 130 del Reglamento General de Circulación la luz de emergencia V16 conectada con la plataforma de vehículo conectado DGT 3.0 es el único dispositivo de preseñalización obligatorio que debes llevar en tu vehículo. Sin embargo, recordamos que en las motos esa obligatoriedad no existe, por tanto, no tendrás que llevarla, aunque sí es recomendable su uso.
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En el RACE puedes comprar la luz de emergencia V16 homologada por la DGT con condiciones preferentes:
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- Precio No Socios: 59,90 €
Entre sus características destacadas:
- Conexión con la DGT de forma anónima.
- Visibilidad de 360 grados y hasta 1 kilómetro de distancia.
- Resistente al viento, la lluvia y temperaturas extremas (resistencia IP54).
- Base imantada de gran potencia.
- Asistencia RACE: una vez pulsado el botón superior SOS se inicia la solicitud de asistencia del RACE.
- Conectividad incluida durante 12 años para cumplir con la normativa DGT 3.0. Datos hasta 2038.
Preguntas frecuentes sobre la luz de emergencia V16
Resolvemos algunas dudas frecuentes sobre la baliza de emergencia V16:
¿Es obligatoria la V16 en las motos?
No, de momento es sólo recomendable su utilización, no su obligatoriedad.
¿Cuál es la multa por no utilizar la V16?
La sanción es de 80 euros al considerarse como una infracción leve, aunque puedes acogerte a la opción del pronto pago por el que la multa se reduce a la mitad, es decir, 40 euros. Recuerda que también te pueden sancionar si la baliza no tiene conexión con la DGT o si no está homologada.
¿Cómo sé si mi luz V16 está homologada por la DGT?
Las balizas de emergencia homologadas deben tener un código de certificación que se puede comprobar en la web de la Dirección General de Tráfico.
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Comprar luz de emergenciaSeguir leyendo → - Tabla de sanciones por alcoholemia de la DGT: qué multas y puntos conlleva
Las infracciones por alcoholemia se producen cuando un conductor supera los límites legales de alcohol permitidos en su organismo mientras conduce un vehículo.
Si te haces Socio del RACE te informamos de las posibles sanciones a través de SMS o correo electrónico.
¡Descúbrelo aquí!En el artículo 20 del Reglamento General de Circulación aparecen especificadas las tasas de alcohol en sangre y aire espirado. Estas cifras, que mostramos en el siguiente apartado en una tabla de sanciones por alcoholemia de la DGT, seguirán vigentes durante 2026 hasta que entre en vigor la reforma del Reglamento General de Circulación en el que está previsto la bajada de la tasa máxima de alcoholemia para todos los conductores a 0,2 g/l en sangre (0,1 mg/l de aire espirado).
Tabla de sanciones por alcoholemia de la DGT
La tasa de alcohol máxima permitida es diferente según el tipo de conductor:
Tipo de conductorTasa de alcohol en sangreTasa de alcohol en aire espiradoTipo de conductorConductores en general
Tasa de alcohol en sangre0,5 g/l
Tasa de alcohol en aire espirado0,25 mg/l
Tipo de conductorNoveles y profesionales
Tasa de alcohol en sangre0,3 g/l
Tasa de alcohol en aire espirado0,15 mg/l
Tipo de conductorMenores de edad
Tasa de alcohol en sangre0,0 g/l
Tasa de alcohol en aire espirado0,0 g/l
Las sanciones que se aplican por dar positivo en consumo de alcohol son:
Tipo de infracción por superar la tasa de alcoholPuntos a retirarSanción económicaTipo de infracción por superar la tasa de alcoholConducir con una tasa entre 0,25 mg/l y 0,5 mg/l de aire espirado (infracción grave)
Puntos a retirar4 puntos (conductores generales)
Sanción económica500 euros
Tipo de infracción por superar la tasa de alcoholConducir con una tasa entre 0,15 mg/l y 0,30 mg/l (infracción grave)
Puntos a retirar4 puntos (conductores profesionales o noveles con una antigüedad inferior a dos años)
Sanción económica500 euros
Tipo de infracción por superar la tasa de alcoholConducir con una tasa superior a 0,50 mg/l (infracción muy grave)
Puntos a retirar6 puntos (conductores generales)
Sanción económica1.000 euros
Tipo de infracción por superar la tasa de alcoholConducir con una tasa superior a 0,30 mg/l (infracción muy grave)
Puntos a retirar6 puntos (conductores profesionales o noveles con una antigüedad inferior a dos años)
Sanción económica1.000 euros
Tipo de infracción por superar la tasa de alcoholConducción reincidente en el plazo de un año (muy grave)
Puntos a retirar4 o 6 puntos (dependiendo de la tasa dada)
Sanción económica1.000 euros
Tipo de infracción por superar la tasa de alcoholTasa superior a 0,60 mg/l o 1,2 g/l en sangre es un delito penal
Sanción económicaSe considera delito penal: prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años
No olvides que negarse a realizar la prueba de alcoholemia constituye un delito grave contra la seguridad vial (artículo 383 del Código Penal) e implica ser castigado con la penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un tiempo superior de uno hasta cuatro años.
Preguntas frecuentes
Resolvemos algunas de las dudas más comunes sobre las sanciones de alcoholemia en España.
¿Qué pasa si doy 0,75 de mg/l en alcohol?
Se considera como un delito penal ya que superas el límite de 0,60 mg/l de aire espirado, según se indica en el artículo 379 del Código Penal. En ese caso, conlleva una pena de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o trabajos comunitarios de 31 a 90 días, además de la retirada del carnet de 1 a 4 años.
¿Cuáles son las multas por alcoholemia en 2026?
Hasta que entre en vigor la reforma del Reglamento General de Circulación las multas son las mismas que aparecen en las tablas de este contenido.
¿Cuál es la tasa de alcohol permitida para un conductor en 2026?
El límite de alcoholemia que reducirá la tasa máxima a 0,2 g/l (0,1 mg/l) en 2026 está en tramitación legislativa y pendiente del desarrollo reglamentario, además de su posterior publicación en el BOE. Hasta que se realice este proceso, el límite para los conductores generales es de 0,25 mg/l de aire espirado (0,5 g/l en sangre).
¿Cuánto es la multa por 0,80 mg/l de alcohol?
Si el resultado de aire espirado es de 0,80 mg/l, se superaría el umbral para el delito penal (desde 0,60 mg/l) y podrías enfrentarte a un proceso penal, que implica posible prisión de 3 a 6 meses o una multa de 6 a 12 meses (calculada mediante el sistema de días-multa según la capacidad económica del condenado) o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y la retirada del permiso de conducir hasta 4 años.
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¡Quiero estar protegido!Seguir leyendo → - La borrasca Kristin elevó un 31% los percances en carretera en España y un 92% en Madrid
Los datos operativos registrados por el RACE (Real Automóvil Club de España) durante la jornada del miércoles 28 de enero reflejan el impacto directo de la borrasca Kristin en la siniestralidad en carretera. La nevada y la activación de alertas meteorológicas en gran parte del territorio peninsular provocaron un aumento significativo de los percances respecto al mismo día de la semana anterior.
En concreto, el número de expedientes abiertos por percance en España aumentó un 31% en comparación con el miércoles 21 de enero de 2026.
Las incidencias más frecuentes estuvieron relacionadas con la pérdida de adherencia, salidas de vía, colisiones por alcance en tráfico denso y dificultades de tracción en pendientes, especialmente en accesos urbanos y carreteras secundarias afectadas por nieve y hielo.Los percances en carretera en la Comunidad de Madrid crecen un 92%
La Comunidad de Madrid fue uno de los territorios donde el impacto fue más acusado. Durante la misma jornada, el número de expedientes abiertos relacionados con percances en carretera aumentó un 92% en comparación con el miércoles de la semana anterior.
La intensidad de la nevada en primeras horas del día y su coincidencia con franjas de alta movilidad contribuyeron a este incremento, especialmente en vías de circunvalación, accesos a la capital y tramos con circulación lenta, donde la reducción de visibilidad y la acumulación de nieve elevaron el riesgo de colisión.
Coordinación operativa ante episodios meteorológicos adversos
Ante situaciones como la provocada por la borrasca Kristin, el RACE adapta sus recursos en función de la evolución de la demanda y refuerza la coordinación operativa cuando se producen picos asociados a condiciones meteorológicas adversas. Para ello, emplea sistemas de monitorización y análisis de datos en tiempo real que permiten identificar la tipología de incidencias, priorizar los casos de mayor riesgo y organizar la respuesta de forma eficiente.
Este seguimiento continuo facilita la gestión de incrementos puntuales de siniestralidad derivados de fenómenos como nevadas, hielo o episodios de baja visibilidad.
¿Vas a conducir con nieve? Te dejamos los consejos imprescindibles para conducir con nieve y hacerlo con seguridad.
Más información:
Departamento de Comunicación
comunicacion@race.esSeguir leyendo → - ¿Cuál es la nueva normativa de la DGT en 2026?
En 2026 no sólo ha entrado en vigor la señal de emergencia V16, otras nuevas normas de la Dirección General de Tráfico (DGT) ya están aplicándose desde el primer mes del año. Entre ellas, el cambio de uso de los carriles VAO o el seguro obligatorio para los patinetes eléctricos de más de 25 kg. Más allá de estas normas, ya activas, otras van a llegar a lo largo de 2026, con la esperada reforma del Reglamento General de Circulación.
¿Te han sancionado por no cumplir la normativa de circulación?
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¡Quiero saber más!La entrada en vigor de las nuevas normas de la DGT en 2026
Explicamos a continuación la nueva normativa de la DGT que ya está en vigor en 2026:
La señal de emergencia V16
Desde el 1 de enero de 2026, los vehículos matriculados en España deben llevar obligatoriamente la luz de emergencia V16 conectada como único sistema legal válido para señalizar averías o accidentes en carretera, eliminando los triángulos de emergencia tradicionales (no te deshagas de ellos porque te pueden valer en otros países).
Revisión del uso de los carriles VAO
En la resolución de 14 de enero de 2026, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2026, se restringe el uso de los carriles Bus-VAO a vehículos con al menos dos ocupantes, motocicletas y transporte público; dejando fuera los turismos con un solo ocupante, incluso si tienen etiquetas ambientales (0 y ECO), salvo que los paneles de señalización indiquen lo contrario.
Prohibido adelantar a los camiones en ciertos tramos de carretera
En la misma resolución del 14 de enero, entre las medidas adoptadas para optimizar la fluidez de la circulación en las carreteras, la DGT podrá prohibir el adelantamiento en determinados tramos de carretera a los vehículos de más de 7.500 kg en determinados días o periodos horarios. Estas prohibiciones se indicarán mediante la correspondiente señalización variable.
Registro obligatorio de los patinetes eléctricos
El Consejo de Ministros aprobó el 27 de enero de 2026 el Real Decreto que regula el Registro obligatorio de los Vehículos de Movilidad Personal. Tras el certificado de inscripción, los usuarios con patinetes eléctricos de más de 25 kg que superen los 14 km/h deben contratar un seguro de responsabilidad civil obligatorio. Hasta que el registro esté debidamente regulado (los patinetes vendidos antes del 22 de enero de 2024 podrán circular sin un certificado de homologación e identificación hasta el 1 de enero de 2027), no será exigible la obligación de aseguramiento de los considerados como vehículos personales ligeros (menos de 25 kg).
Según lo que establece la Ley sobre responsabilidad civil y seguro, carecer del mismo supone una sanción de entre 202 y 610 euros, mientras que circular sin él supone una multa de entre 250 y 800 euros, dependiendo de si se considera vehículo personal ligero o vehículo a motor (más de 25 kg).
Las normas pendientes de aprobación en 2026
Como aún no está publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la reforma del Reglamento General de Circulación, todavía hay muchas normas anunciadas que están pendientes de aprobación en 2026. Mencionamos las más importantes:
Nueva norma para adelantar a un vehículo detenido
La DGT va a exigir que para adelantar a un vehículo detenido, o a uno o varios ciclistas, será obligatorio reducir la velocidad en, al menos, 20 km/h por debajo del límite de la vía, además de seguir manteniendo una distancia lateral mínima de 1,5 metros, pudiéndose incluso invadir el carril contrario si es necesario y siempre que sea seguro hacerlo.
Prohibido parar o estacionar junto a un paso de peatones
En la actualidad está prohibido parar o estacionar en el propio paso de peatones, pero no en la zona próxima a estos. La intención de la DGT es ampliar esta prohibición de la normativa en el Reglamento General de Circulación.
Seguirán exentos de usar el cinturón los taxistas
Aunque en un principio se anunció la intención de la DGT de quitar la exención del uso del cinturón a ciertos colectivos como los taxistas, los distribuidores de mercancías o los profesores de autoescuela (artículo 119 del RGC), es una medida que al final se quedará como está.
Prohibido adelantar con hielo y nieve en la carretera
El artículo 31 del RGC hace referencia a la utilización de los carriles, fuera de poblado, en calzadas con más de un carril para el mismo sentido de marcha. Cuando haga mal tiempo y tengas que conducir con hielo o conducir con nieve en la carretera, se va a añadir otro punto en las nuevas normas de la DGT en 2026 que indique la prohibición de adelantar para todos los vehículos y, por tanto, tendrán que permanecer circulando en el carril derecho para así facilitar el trabajo de los vehículos de emergencias y los quitanieves.
«Con esta modificación pretendemos facilitar el trabajo de los servicios de mantenimiento de la vía y que las condiciones para circular sigan siendo óptimas a pesar de las malas condiciones meteorológicas», explican desde la DGT.
Pasillo para emergencias en las retenciones
En el RGC también se va a añadir un apartado en el que se especifique que los conductores de las autopistas y las autovías que estén detenidos o circulen muy despacio por una retención deben ceder el paso a los vehículos de emergencias abriéndose hacia los lados de la carretera:
- Si estás en una vía de dos carriles en el mismo sentido, los del carril derecho a la derecha y los del carril izquierdo a la izquierda.
- Si estás en una vía de tres carriles en el mismo sentido, los del carril izquierdo a la izquierda y los del carril central y derecho a la derecha. No obstante, guíate por el sentido común y facilita el acceso según la dirección por la que venga el vehículo de emergencias. El objetivo es crear un pasillo para que pueda pasar rápidamente.
La normativa actual no concreta el procedimiento de los conductores, sólo establece la prioridad de los vehículos de emergencias cuando están en una urgencia.

Las motos podrán ir por el arcén sin superar los 30 km/h en las retenciones
El artículo 36 del RGC, que trata de la utilización de los arcenes por los conductores, también tendrá un punto añadido en el que se permitirá a las motos circular por el arcén de la derecha en todo tipo de vías con retenciones circulatorias bajo dos condiciones:
- No circular a más de 30 km/h.
- Respetar la prioridad de los vehículos obligados a circular por el arcén, entre los que la DGT pone especial atención a las bicicletas.
Grúas y ambulancias, también por el arcén
Al igual que el punto anterior, también se va a autorizar a los vehículos prioritarios y de auxilio en vías públicas a circular por el arcén, siempre que estén en una urgencia. Deben cumplir dos condiciones:
- Utilizar señales luminosas.
- No circular a más de 30 km/h (excepto los vehículos prioritarios).
Preguntas frecuentes
A continuación respondemos a algunas de las preguntas más frecuentes:
¿Qué será obligatorio llevar en el coche en 2026?
Desde enero de 2026 debes llevar en el interior del habitáculo del coche la señal V16 obligatoria. No es necesario que esté siempre encendida ya que en caso de necesitarla en una emergencia, las pilas estarían gastadas.
¿Qué pasará con la etiqueta B en 2026?
Si tienes un coche con la etiqueta amarilla, que corresponde con los gasolina desde el 1 de enero de 2001 y los diésel desde el 2006, en 2026 tendrás restringido el acceso y circulación, sobre todo en aquellos municipios de más de 50.000 habitantes donde se haya creado una Zona de Bajas Emisiones (ZBE). Todo apunta a que los coches con la etiqueta B desaparecerán de la circulación más pronto que tarde, por lo menos en estas ZBE.
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¡Quiero ser Socio del RACE!Seguir leyendo → - EHang y el RACE firman un MoU estratégico para impulsar la movilidad aérea urbana y la innovación en el motorsport
El Real Automóvil Club de España – RACE, miembro fundador de la Federación Internacional del Automóvil – FIA, ha firmado un MoU con EHang, la empresa líder mundial en plataformas tecnológicas de movilidad aérea urbana (UAM), para explorar iniciativas conjuntas en movilidad aérea urbana, en motorsport y en los servicios de movilidad de próxima generación.
El acuerdo fue suscrito en el marco de FITUR 2026 de Madrid por Victoria Jing Xiang (directora de Operaciones de EHang para Europa y Latinoamérica) y Carmelo Sanz de Barros, presidente del RACE y de la Fundación RACE. Al acto de firma asistieron, así mismo, Jorge F. Delgado, director general de RACE; Luis Miguel Torres, director general de Transporte y Movilidad de la Comunidad de Madrid; e Ignacio Fernández, director del Circuito de Madrid Jarama – RACE y de la Fundación RACE.
En virtud del acuerdo, EHang y el RACE colaborarán en iniciativas que aprovechen la dilatada experiencia del Automóvil Club líder en nuestro país, en el ámbito del automovilismo, la seguridad, la formación y los entornos de movilidad de alto rendimiento, junto con los pioneros sistemas de aeronaves eVTOL y las operaciones UAM de EHang. Además, esta colaboración tiene como objetivo apoyar las pruebas, los vuelos de demostración, el desarrollo del ecosistema y la participación pública.
Como parte del marco de cooperación, EHang y el RACE llevarán a cabo vuelos de demostración y validación con aeronaves eVTOL en un entorno controlado, incluyendo operaciones en el Circuito de Madrid Jarama – RACE. Así mismo, se promoverá avanzar en la normativa y regulación de seguridad en el ámbito de la movilidad vertical con las autoridades públicas y los principales actores implicados en su efectivo desarrollo e implantación, y se llevarán a cabo diferentes actividades de comunicación y formación para sensibilizar al público sobre la UAM y la movilidad sostenible.
«Este acuerdo supone un hito importante para el desarrollo de la movilidad aérea urbana en España», afirmó Victoria Jing Xiang, directora de operaciones de EHang para Europa y Latinoamérica. «El RACE aporta una experiencia inigualable en materia de seguridad de la movilidad, operaciones de motorsport, gestión de infraestructuras y participación pública. Juntos, podemos acelerar la integración de las aeronaves eVTOL no tripuladas en entornos reales y posicionar a España como líder europeo en innovación en movilidad aérea».
Por su parte, el presidente del RACE, Carmelo Sanz de Barros, en su condición de presidente del Senado de la Federación Internacional del Automóvil (FIA), subrayó que la colaboración con EHANG “supone un impulso decisivo para la agenda de grandes hitos del automovilismo deportivo y sobre el futuro de la movilidad prevista para este año en Madrid que, por primera vez en la historia, acogerá los dos Campeonatos del Mundo más destacados del calendario internacional: la Fórmula E y la Fórmula 1”.
El director general de RACE, Jorge F. Delgado, presidente de FIA Región 1 (Europa, África y Oriente Medio) destacó “el compromiso del Club y de la FIA con el avance del futuro de la movilidad en todas sus formas. El acuerdo alcanzado hoy con EHang refleja nuestro interés en habilitar nuevas soluciones que complementan la movilidad terrestre, refuerzan la seguridad y contribuyen a un ecosistema de transporte más conectado y sostenible».
«Madrid se está posicionando a la vanguardia de la movilidad del futuro y la innovación en el deporte del motor», afirmó Luis Miguel Torres, director general de Transporte y Movilidad de la Comunidad de Madrid. «La movilidad aérea urbana representa una oportunidad prometedora para complementar los medios de transporte existentes y reforzar nuestro papel como centro de movilidad global. La cooperación público-privada con organizaciones como el RACE y EHang contribuye directamente a los objetivos estratégicos de la Comunidad de Madrid y a la competitividad de su ecosistema de innovación».
La aeronave eVTOL es el primer vehículo aéreo autónomo certificado para pasajeros del mundo, que actualmente presta servicios comerciales de pasajeros en China. Con su propulsión eléctrica, su capacidad de despegue y aterrizaje vertical, su sistema de vuelo autónomo y su arquitectura integrada de mando y control, representa un hito tecnológico importante para la adopción global de la UAM.

Más información:
Dirección de Comunicación Institucional RACE
comunicacion@race.esSeguir leyendo → - ¿Existe alguna subvención por comprar un coche por discapacidad?
Si eres una persona con discapacidad y vas a comprar un coche, ya sea de serie o con necesidad de alguna adaptación, existen diferentes ayudas y subvenciones que puedes solicitar, tanto a nivel estatal como autonómico, y que van a suponer un ahorro muy importante en la adquisición, la adaptación y el uso del vehículo.
Olvídate de los trámites de matriculación.
Si eres Socio del RACE, nosotros lo gestionamos todo por ti.
¡Matricula tu vehículo con el RACE!Los beneficios fiscales que se pueden solicitar son:
- IVA reducido al 4 % en la compra del vehículo.
- Exención del Impuesto de Matriculación.
- Exención del Impuesto de Circulación (IVTM).
- Deducciones o bonificaciones autonómicas para la compra de vehículos adaptados.
A continuación, explicamos con más detalle cada uno de ellos.
IVA reducido al 4%
Por norma general, por la compra de un coche nuevo el IVA es del 21 %. Sin embargo, las personas con discapacidad pueden aprovechar el IVA reducido en la compra, adaptación o reparación de sus vehículos. El IVA del 4% no es una ayuda directa del Estado, sino un derecho fiscal que se debe solicitar antes de comprar el vehículo. El beneficiario tendrá que presentar a la Agencia Tributaria el modelo 04, que es la solicitud de aplicación del tipo impositivo reducido del IVA. Dicha resolución se entregará luego al concesionario para la reducción definitiva del impuesto.
Exención del impuesto de matriculación
El impuesto de matriculación varía entre un 4,75 % y un 14,75 % dependiendo de las emisiones de dióxido de carbono del vehículo. Sin embargo, si lo solicitas como discapacitado estarás exento de pagarlo en el momento de la compra.
Para conseguir la exención, antes de realizar la matriculación tienes que solicitar el reconocimiento previo en la Agencia Tributaria rellenando el modelo 05. Puedes hacerlo en las oficinas de la Agencia Tributaria o, si está disponible en tu provincia, con firma digital a través de la sede electrónica. Una vez concedida, te entregarán un certificado de exención que podrás presentar en la DGT al matricular el vehículo.
Exención del impuesto de circulación (IVTM)
Este impuesto depende de cada ayuntamiento, así que el discapacitado o su representante legal debe realizar este trámite en el consistorio que le corresponda. Dependiendo del ayuntamiento, puede existir una exención del IVTM o una bonificación.
Debes presentar la solicitud de la exención una vez que se ha matriculado el vehículo. Puedes hacerlo físicamente en una oficina del ayuntamiento o a través de la sede electrónica municipal, si es posible. Recuerda que debes solicitar la exención antes del 31 de diciembre para evitar que te pasen el recibo al año siguiente.
Deducciones o bonificaciones autonómicas
El proceso y los requisitos para optar por estas ayudas de la comunidad autónoma pueden variar, así que tendrás que pedir información para que te expliquen lo que necesites, según la comunidad en la que estés viviendo. Podrás pedir:
- Cierta ayuda económica para la adaptación del vehículo.
- Alguna subvención en la compra de eléctricos o híbridos.
- Ayudas complementarias a la movilidad reducida.
Requisitos para acceder a las ayudas
Si vas a solicitar alguna de las anteriores ayudas o subvenciones por comprar un coche por discapacidad, por norma general necesitarás cumplir los siguientes requisitos:
- Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 33 %.
- Realizar un uso exclusivo o habitual del vehículo por parte de la persona con discapacidad.
- El vehículo no se puede vender en los cuatro años siguientes a su matriculación. Solo se puede volver a solicitar antes de ese plazo en caso de siniestro total debidamente acreditado.
- Estar al corriente de pago con Hacienda y la Seguridad Social.
Además de estos requisitos, necesitarás presentar la siguiente documentación, que puede variar según cada caso concreto:
- Certificado oficial de discapacidad igual o superior al 33 %.
- DNI del beneficiario y del representante legal, si es necesario.
- Declaración responsable de uso del vehículo.
- Factura de compra.
- Ficha técnica y permiso de circulación.
- Impresos de solicitud según cada situación: en la Agencia Tributaria, la comunidad autónoma o el ayuntamiento.
- Certificado de empadronamiento.
- Presupuesto detallado de la adaptación del vehículo emitido por una empresa homologada, si tu intención es adaptar un coche ya comprado.
Ventajas al comprar un coche para discapacitados
Los discapacitados que soliciten un coche pueden disfrutar de ciertas ventajas fiscales, económicas y de uso práctico:
VentajaImpacto económico o fiscalVentajaIVA al 4 %
Impacto económico o fiscalMayor ahorro en el momento de la compra en comparación con otros vehículos con el 21 % de IVA.
VentajaSin impuesto de matriculación
Impacto económico o fiscalAhorro de cantidades importantes, independientemente del nivel de contaminación del vehículo.
VentajaBonificación o exención del impuesto de circulación
Impacto económico o fiscalDependiendo del ayuntamiento donde estés empadronado puedes disfrutar de un ahorro anual o parcial del IVTM que otros vehículos sí tienen que pagar. Aplicable tanto a vehículos para conducción propia, como vehículos para transporte habitual de la persona con discapacidad.
VentajaSubvenciones en la adaptación del coche
Impacto económico o fiscalDependiendo de cada comunidad autónoma, puedes disfrutar de más o menos ayudas para adaptar el coche a tus necesidades.
VentajaFacilidades de movilidad urbana
Impacto económico o fiscalSi además solicitas la Tarjeta de estacionamiento para Personas con Movilidad Reducida puedes aparcar en plazas adaptadas para discapacitados u otros aparcamientos de la zona azul y verde del SER.
Preguntas frecuentes
Resolvemos algunas de las dudas más comunes sobre las subvenciones por comprar un coche para una persona con discapacidad.
¿Qué descuento tiene un discapacitado en la compra de un coche?
No hay un porcentaje único. El ahorro suele venir de:
- IVA superreducido del 4 %.
- Exención del impuesto de matriculación.
- Exención o bonificación del impuesto de circulación.
- Posibles ayudas adicionales (plan moves, auto 2030 o autonómicas).
Todas estas ayudas se pueden solicitar de forma complementaria.
¿Qué vehículos se pueden acoger al plan Moves III y al Plan Auto 2030?
Las ayudas del Plan Moves III acabaron en diciembre de 2025, por tanto no vas a poder solicitarlas. Por su parte, del Plan Auto 2030 aún no se conoce la información relacionada con el programa de subvenciones. El Gobierno sólo anunció a finales de 2025 que habrá una ayuda estatal para los vehículos eléctricos e híbridos enchufables, pero todavía no ha entrado en vigor ni han salido publicados los detalles en el BOE, ni se conoce si habrá alguna ayuda concreta para las personas con discapacidad.
¿Qué coches se pueden comprar con descuento para discapacitados?
- Un turismo nuevo o de segunda mano.
- Un vehículo adaptado. Importante: los vehículos con techos bajos, espacio interior limitado o puertas estrechas dificultan o impiden la instalación de rampas, plataformas o asientos giratorios, siendo preferibles las furgonetas o monovolúmenes.
No existe una lista cerrada por marcas o modelos; aunque la mayoría de los vehículos pueden modificarse, algunos no son aptos para ciertas adaptaciones, especialmente las que requieren el transporte de una persona en silla de ruedas. Los propios fabricantes tienen un catálogo de vehículos ya adaptados o que se pueden adaptar según las necesidades de cada persona.
¿Qué impuestos puedo evitar al comprar un coche para discapacitados?
El impuesto de circulación y el de matriculación, por norma general. El IVA no se puede evitar totalmente, pero sí puedes aprovechar el IVA superreducido del 4 %.
¿Puedo acceder a ayudas para adaptar un coche que ya tengo?
Sí. Si tienes que conducir con alguna discapacidad, existen ayudas específicas (normalmente autonómicas) para la instalación de elementos como:
- Rampas.
- Mandos manuales.
- Asientos giratorios.
- Adaptaciones de acceso o conducción.
Hazte Socio del RACE y conduce con la tranquilidad de la mejor asistencia en carretera, garantía mecánica y mucho más.
¡Más información!Seguir leyendo → - ¿Cuáles son las novedades en la normativa de la ITV en 2026?
En 2026 ha entrado en vigor la versión 7.9 del Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV (MPITV), que sustituye al 7.8 del año anterior. Su función es establecer los criterios, tanto técnicos como operativos, que deben seguir todas las estaciones de ITV que hay por el territorio nacional.
¿Tienes que pasar la ITV?
Reserva y paga tu cita para la ITV a través de nuestra web.
¡Reserva tu cita!Las principales novedades de este manual actualizado son:
- Ciertos cambios en las fechas de obligación y aplicación de homologaciones en cinturones, vidrios de seguridad, retrovisores, señalización y alumbrado: el manual incluye actualizaciones técnicas y de procedimiento en el tratamiento de estos elementos para asegurar una interpretación más uniforme de defectos y conformidad, especialmente en vehículos más modernos.
- Actualización en los vehículos históricos del Grupo B (los vehículos sin matrícula española): se define la documentación exigida y cómo se realizan las comprobaciones para que no haya diferentes interpretaciones entre estaciones de la ITV.
- Inclusión de fechas de obligatoriedad de determinados dispositivos o sistemas para vehículos históricos. Estos cambios están relacionados, sobre todo, con elementos de alumbrado y señalización.
- Nuevos criterios relacionados con los tacógrafos y limitadores de velocidad: se adecuan a la nueva norma UNE 66102:2025, que deben cumplir los Centros Técnicos de Tacógrafos.
En la siguiente tabla se detallan los cambios más significativos del nuevo Manual:

*Tabla: Manual de procedimiento de estaciones ITV (versión 7.9).
La normativa Euro 7 endurecerá todavía más las inspecciones de la ITV
Se espera que la Euro 7 entre en vigor en noviembre de 2026. Las inspecciones de la ITV se tendrán que adaptar, y para este nuevo tipo de vehículos con la homologación más restrictiva serán todavía más rigurosos con la medición de los gases contaminantes, tanto de las partículas NOx y de CO2; también medirán las partículas abrasivas resultantes del desgaste de los frenos y los neumáticos.
Los vehículos Euro 7 deberán monitorizar sus propias emisiones durante toda su vida útil, datos que serán leídos en la ITV. De igual modo, también se comprobará la salud y durabilidad de las baterías de los vehículos eléctricos e híbridos enchufables.
Los vehículos históricos de más de 60 años siguen exentos de la ITV en 2026
El 1 de octubre de 2024 entró en vigor el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos, sustituyendo al anterior de 1995. Entre las novedades de la ITV de 2025 que se mantienen en 2026, destaca que los vehículos históricos con una antigüedad superior a 60 años quedan exentos de pasar la ITV, aunque pueden acudir voluntariamente.
Por otra parte, a los coches históricos de menor antigüedad también se les aumentó la periodicidad:
- Coches históricos hasta los 40 años: cada 2 años.
- Coches históricos de 40 a 45 años: cada 3 años.
- Coches históricos de 45 a 60 años: cada 4 años.
Las frecuencias de inspección siguen siendo las mismas para los demás vehículos, incluidos los coches nuevos que pasan por primera vez la ITV:
Motocicletas, quadsFrecuencia de inspección: Hasta 4 años, exentoFrecuencia de inspección: > 4 años, bienal
CiclomotoresFrecuencia de inspección: Hasta 3 años, exentoFrecuencia de inspección: > 3 años, bienal
Vehículos de uso privado dedicados al transporte de personas, excluidas las motocicletas y ciclomotores, con capacidad de hasta 9 plazas, incluido el conductor. (Turismos particulares, autocaravanas y vehículos vivienda de servicio particular de alquiler)Frecuencia de inspección: Hasta 4 años, exentoFrecuencia de inspección: De 4 a 10 años, bienal
> 10 años, anual¿Qué revisan en la ITV y cómo preparar tu coche para que supere favorablemente la inspección?
Antes de acudir a la ITV, debes ser previsor y hacer una comprobación previa de todos los elementos del coche, incluida la documentación. No obstante, si haces el mantenimiento que corresponde a tu vehículo, no deberías tener problemas. Si no tienes tiempo, siempre puedes solicitar una pre ITV en cualquier taller de la red Eurekar, con la garantía del RACE.
Las piezas básicas que debes comprobar del coche y que miran en la ITV son:
- El estado exterior del vehículo: que no haya aristas, oxidación y corrosión.
- Iluminación: luces de cruce, carretera, posición, etc.
- Frenos: comprobar el estado de los discos de freno, las pinzas y las pastillas.
- Suspensión: estado de los muelles y, sobre todo, de los amortiguadores.
- Sistemas ADAS: deben funcionar bien y que estén conectados, incluido el sistema eCall, obligatorio desde 2022 en las ITV.
- Las emisiones contaminantes registradas por el tubo de escape: comprueba el estado del catalizador para saber si cumple con la normativa.
- Comprueba el estado de los neumáticos: desgaste de los testigos, cristalización, etc.
- Niveles: aceite, frenos, refrigerante…
En este artículo te damos todas las claves de lo que debes revisar en tu coche antes de visitar una estación ITV.
Las multas por no circular con la ITV favorable
La Asociación Española de Entidades Colaboradoras con la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV) recuerda que 4 de cada 10 conductores circula con la ITV caducada, un hecho muy grave que hace peligrar sus vidas y la de los demás conductores, que además implica una multa importante. En el RACE tenemos un servicio ITV a domicilio con el que te avisaremos de cuándo te toca pasar la ITV, por si se te olvida.
Las multas por circular sin ITV son:
- 200 euros: en el caso de que la ITV sea desfavorable o esté caducada.
- 500 euros: si la ITV es negativa. Esto supone la inmovilización y retirada del vehículo. Sólo podrás llevar el coche al taller y volver a presentarlo a la ITV en un plazo máximo de dos meses.
Preguntas frecuentes sobre la ITV en 2026
A continuación, resolvemos algunas de las preguntas más frecuentes sobre las novedades y la normativa de la ITV.
¿Qué matrículas pasan la primera ITV en 2026?
Todos aquellos vehículos (turismos y motos) que se matricularon por primera vez en 2022 tienen que pasar la ITV en 2026. Esto es debido a que no necesitan pasar la inspección hasta pasados cuatro años. Las matrículas a las que les corresponde por primera vez la ITV en 2026 van desde la LVV hasta la MDF:
- Enero: de LVV a LWD
- Febrero: de LWD a LWR
- Marzo: de LWR a LXD
- Abril: de LXD a LXS
- Mayo: de LXS a LYJ
- Junio: de LYJ a LYZ
- Julio: de LYZ a LZP
- Agosto: de LZP a LZZ
- Septiembre: de LZZ a MBN
- Octubre: de MBN a MCB
- Noviembre: de MCB a MCR
- Diciembre: de MCR a MDF
Recuerda: puedes pedir la inspección hasta 30 días antes de la fecha límite indicada en la tarjeta ITV de tu coche sin que cambie la fecha del vencimiento. Además, si la solicitas con tiempo es posible que aproveches ciertos descuentos en el precio final de la ITV. No olvides que si pasas la ITV fuera de plazo te estás arriesgando a una multa además de que, en caso de accidente, el seguro se puede negar a cubrir los daños. Recuerda que ahora, en el RACE, puedes reservar y pagar tu cita para la ITV directamente desde la web, rápido y sin complicaciones, y además los Socios del RACE tiene descuentos de hasta el 8%.
¿Qué coches no tienen que pasar la ITV en 2026?
Desde que entró en vigor el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos todos aquellos que tengan 60 años o más no deben pasar por una inspección de ITV, siempre que tengan la matrícula de histórico. Además, si tu vehículo es nuevo y tiene menos de 4 años, tampoco tienes que pasarla.
¿Qué documentación hay que llevar a la ITV 2026?
Debes presentar la siguiente documentación:
- Permiso de circulación.
- Tarjeta ITV.
- DNI del conductor.
- Seguro obligatorio del coche.
Antes de la ITV, asegúrate de que todo está en orden:
revisa tu coche en un taller Eurekar con la garantía del RACE.
¡Encuentra tu taller más cercano!Seguir leyendo → - ¿Cómo recurrir una multa en la ZBE Madrid?
Si necesitas recurrir una multa que te han puesto por entrar indebidamente en la Zona de Bajas Emisiones de Madrid, es importante actuar dentro del plazo legal. Debes presentar un escrito de alegaciones en los 20 días naturales tras la notificación en el Área de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid en el que expliques tus razones. Si las alegaciones se desestiman, tendrás que interponer un recurso de reposición a través de las siguientes vías:
Hazte Socio del RACE y olvídate de las multas:
te avisamos de cualquier sanción y las recurrimos por ti.
¡Quiero más información!- Internet: a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
- De forma presencial, con cita previa obligatoria en las oficinas de atención a la ciudadanía Línea Madrid o en la oficina de información y trámites de multas de circulación.
Si el recurso ante el Ayuntamiento de Madrid se desestima, sólo te quedará la vía judicial si quieres seguir con el proceso de reclamación. Si finalmente no se admite la reclamación, tendrás que pagar igualmente la multa y habrá un recargo de apremio más los intereses de demora si no cubres la deuda dentro del nuevo plazo asignado.
Si has recibido una sanción de forma errónea por circular sin permiso en la ZBE de Madrid, o en zonas de especial protección como el Distrito Centro (anteriormente conocido como la ZBE de Madrid Central) o Plaza Elíptica, puedes recurrir la multa de la ZBE de Madrid siguiendo los siguientes puntos:
Pasos para recurrir una multa en la ZBE de Madrid
Los límites de la ZBE de Madrid deben estar claramente identificados a través de señales específicas en las que figuren las excepciones a la norma. Esta ZBE cuenta con sistemas de control automatizados (como cámaras de reconocimiento de matrículas) para garantizar el cumplimiento de las restricciones establecidas. Los vehículos más contaminantes o los que no cumplen con las condiciones de acceso de la Ordenanza de Movilidad de Madrid pueden enfrentarse a multas de hasta 200 euros si acceden a estas áreas sin autorización.
Ahora bien, no siempre la sanción va a ser correcta. Existe la posibilidad de que haya algún error o fallo. En ese caso, estos son los pasos que puedes seguir si crees que la sanción es injusta o errónea:
El primer paso para recurrir una multa de la ZBE de Madrid: revisa la notificación
Cuando recibes una multa, sea del tipo que sea, es esencial actuar con prontitud para que no se te agoten los plazos disponibles en caso de querer presentar una alegación o un recurso. Por eso, una vez recibida la denuncia, revisa cuidadosamente todos los detalles que se incluyan en la misma (fecha, ubicación, motivo…). En este tipo de comunicaciones, por ejemplo, debe aparecer la señalización de la vía por la que se circula y a la cual no se puede, en teoría, acceder, ya que en caso contrario se puede recurrir la multa porque existe una base en la que ampararse.
Alegación
La alegación es el primer paso para recurrir la multa de la ZBE de Madrid. Este proceso debe llevarse a cabo en un plazo de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación (ya sea en el acto o por vía postal), o de su publicación en el Tablón Edictal Único.
En la alegación se pueden presentar argumentos basados en errores de procedimiento, inconsistencias en la documentación o cualquier otro motivo que pueda respaldar la anulación de la multa. No obstante, recuerda que al presentar cualquier alegación ante el Ayuntamiento de Madrid, estarás renunciando al descuento del 50 % por pronto pago.
Si la alegación es aceptada, la multa será anulada y el proceso finalizará.
Recurso de reposición
Si la alegación no tiene éxito, el siguiente paso es presentar un recurso de reposición ante el Ayuntamiento de Madrid: es lo que comúnmente se entiende por “recurrir una multa”. Este procedimiento implica una revisión más detallada y puede requerir la demostración de pruebas adicionales. Puedes presentarlo en un plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la desestimación de la alegación.
Existen dos formas de presentar el recurso de reposición:
- Por Internet, a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Madrid (requiere firma electrónica).
- Presencialmente, en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid, a través de las oficinas de Correos o mediante otras formas especificadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si transcurre un mes sin resolución expresa, el recurso de reposición se entiende desestimado por silencio administrativo, quedando abierta la vía contencioso-administrativa.
Recurso contencioso-administrativo
Si la vía inicial de recurrir la multa de la ZBE de Madrid es denegada, puede optarse por presentar un recurso contencioso-administrativo. Este paso implica acudir a los tribunales y puede requerir la asistencia de un abogado especializado en derecho administrativo. Es importante tener en cuenta que este proceso puede ser más complejo y costoso, pero ofrece la posibilidad de una revisión imparcial e independiente.
En cualquier caso, recuerda que, si eres Socio del Club dispones de un servicio de aviso y gestión de multas del RACE con el que nos hacemos cargo de la redacción de escritos de oposición, alegaciones y recursos de cualquier tipo de multa, ya sea de un Ayuntamiento o si la multa viene de la DGT.
Preguntas frecuentes
A continuación respondemos a algunas dudas frecuentes:
¿Cuáles son los motivos más comunes para recurrir una multa de una Zona de Bajas Emisiones?
Los motivos más comunes por los que puedes recurrir una multa de la ZBE de Madrid son:
- Que haya algún error de los datos: matrícula incorrecta del coche, tipo de vehículo, clasificación ambiental mal asignada, indicación de la vía incorrecta…
- Que el vehículo sancionado sí tenga permiso para acceder por alguna autorización temporal, porque pertenece a una persona con movilidad reducida o por cualquier otro motivo que forme parte de las excepciones de acceso a la Zona de Bajas Emisiones de Madrid.
- Que haya una deficiencia en la señalización por ser inexistente, poco visible o incorrecta.
- Que existe un error en la lectura de las cámaras que registran la entrada y salida de los vehículos en la ZBE.
- Que la notificación se haya hecho fuera de plazo.
¿Cuándo prescribe la multa de la ZBE en Madrid?
Con la entrada en vigor de la Ley sobre Tráfico, desde el 21 de marzo de 2022 el acceso no permitido a la ZBE de Madrid se considera como una infracción grave. En este caso, la prescripción se produce a los seis meses desde la notificación. No obstante, ésta queda interrumpida por cualquier actuación administrativa que se comunique al denunciado.
El plazo de prescripción se reanudará si el procedimiento se paraliza durante más de un mes por causa no imputable al denunciado. Si la sanción es firme, el derecho de la Administración a exigir su pago prescribe al año, siempre que no se inicie el procedimiento de ejecución.
¿Cómo saber si me han multado en la Zona de Bajas Emisiones de Madrid?
Puedes conocer si te han puesto una sanción en la ZBE de Madrid a través de cuatro vías:
- Puede llegar una notificación postal al domicilio del titular del vehículo.
- Si estás dado de alta en la Dirección Electrónica Vial (DEV) puedes consultarlo de forma telemática.
- A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, en el apartado de multas y sanciones. Necesitarás el certificado digital, el DNI electrónico o la Cl@ve.
- En el Tablón Edictal Único (TEU) del BOE.
¿Te han retirado el carnet y necesitas recuperarlo?
En el RACE te ofrecemos la protección del carnet para que tu día a día no se detenga.
¡Descubre más aquí!Seguir leyendo → - ¿Qué ayudas existen para comprar un coche en 2026?
En 2026 está prevista una nueva ayuda estatal, denominada Plan Auto 2030, que sustituye al anterior Plan MOVES III, cuyos incentivos terminaron en diciembre de 2025. Este nuevo plan introduce un sistema de ayudas directas en el momento de la compra de vehículos eléctricos, además de otras aportaciones económicas para aumentar el número de recargas públicas. El presupuesto de este plan para la compra de coches eléctricos e híbridos enchufables a partir de 2026 en España es de hasta 400 millones. Sin embargo, todavía sigue pendiente de aprobación.
Dale a tu coche nuevo la protección que se merece.
RACE Unlimited te acompaña en cada kilómetro.
¡Infórmate ahora!Hasta que esta subvención del Gobierno llegue, aquellos usuarios que estén interesados en comprar un vehículo pueden optar por solicitar alguna de las ayudas que ofrecen ciertas comunidades autónomas.
Otras ayudas e incentivos de las comunidades para comprar un coche
Además de las ayudas estatales, ciertas comunidades autónomas y ayuntamientos ofrecen esporádicamente incentivos para la compra de coches nuevos. Aquí tienes algunas propuestas de CC.AA. que están en vigentes o lo han estado:
Ayudas para la compra de un coche en Madrid durante 2026
El Ayuntamiento de Madrid tiene activo en 2026 el Plan de ayudas Cambia 360 con diferentes líneas de actuación, entre las que se incluye la subvención a la compra de vehículos ecológicos:
- Hasta 5.500 euros de ayudas en la compra de vehículos con etiqueta 0: 4.000 euros por adquirir un vehículo Cero emisiones y 1.500 euros más por achatarrar un vehículo contaminante o si se dona un vehículo con etiqueta A o B a los afectados por la DANA de Valencia.
- Hasta 3.500 euros para incentivar la adquisición de vehículos ECO: 2.000 euros por comprar un vehículo ECO más 1.500 euros por achatarrar un vehículo contaminante.
- Hasta 1.500 euros para comprar un coche con etiqueta C, siempre que se achatarre otro vehículo.
La Comunidad de Madrid, por su parte, tiene activo el Plan Mueve Madrid, con el que aporta ayudas económicas para fomentar la movilidad sostenible y accesible. El plazo de solicitud es hasta el 31 de diciembre de 2026.
Estos incentivos económicos son tanto para la adquisición de ciclos eléctricos, bicicletas, ciclomotores eléctricos, vehículos eléctricos de células de combustible (vehículos de hidrógeno) destinados a taxis o servicios de VTC y para el achatarramiento de vehículos de categoría M1 y N1 matriculados en España sin distintivo ambiental (ayuda de 2.000 euros en el caso de que se adquiera además un vehículo M1 o N1 con distintivo ambiental con etiqueta ECO o 0).
Ayudas para la compra de un coche en Galicia durante 2026
En Galicia está en vigor el Plan Renova Tu Vehículo durante el año 2026. La subvención va destinada a la compra de turismos (M1) y furgonetas (N1) con unas emisiones iguales o inferiores a 118 g CO2/km cuyo coste sea inferior o igual a 42.000 euros (IVA incluido). Se amplía a 47.000 euros si son vehículos con una autonomía que supere los 30 km en modo eléctrico. 6.000 euros más si es un vehículo para personas con discapacidad o si dispone de 8 o 9 plazas. Más información.
Ayudas para la compra de un coche en La Rioja durante 2026
Hasta el 12 de junio de 2026 o hasta la finalización de los fondos disponibles, hay una subvención de 2.500 euros para adquirir un nuevo vehículo de motor. El requisito de este Plan ADER CAR es que deben ser turismos y tener la etiqueta ECO o C y su coste debe ser inferior o igual a 60.000 euros (impuestos no incluidos). En esta convocatoria los concesionarios riojanos aportarán 1.500 euros para completar un ahorro total por operación de 4.000 euros. Más información.
Ayudas para la compra de un coche en el País Vasco
El Gobierno vasco puso en marcha a mediados de 2025 el programa de ayudas ‘Vehículos de Menos Emisiones’. Con él se otorgaban ayudas de hasta 3.500 euros por la sustitución del vehículo en uso por uno nuevo con unas emisiones inferiores a 125 g/km para los turismos y 150 g/km para las furgonetas, siempre que se achatarre el vehículo antiguo. El plazo de solicitudes de esta ayuda acabó el 31 de diciembre de 2025.
Ayudas para la compra de coches en Cataluña
No existe a fecha de hoy un plan de ayuda a la compra como tal, más allá del Plan Auto 2030, aunque sí ciertas bonificaciones por comprar un vehículo de etiqueta Cero o ECO, como también ocurre en Madrid y otras ciudades de España:
- Estacionamiento gratuito o descuentos en zona verde y azul.
- Descuento en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).
- Circulación en el carril bus-VAO.
- Ahorro del impuesto de matriculación para los vehículos que emitan menos de 120 g/km de dióxido de carbono.
Ayudas para la compra de coches en Andalucía
Había un Programa para el Desarrollo Energético Sostenible con incentivos que acabó en 2020. Desde entonces, no existe una ayuda a la compra como tal, más allá de la previsión del Plan Auto 2030, aunque sí se dan ventajas por adquirir vehículos sostenibles:
- Descuentos en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en las ocho provincias.
- Aparcamiento gratuito o descuentos en función de la etiqueta medioambiental de cada vehículo.
- Circulación en el carril bus-VAO.
- Ahorro del impuesto de matriculación para los vehículos que emitan menos de 120 g/km de dióxido de carbono.
Ayudas para la compra de coches en Castilla-La Mancha
Esta comunidad ofreció hasta 2020 ayudas para la adquisición de vehículos eficientes y para la transformación del sistema motor a GLP, GNL o GNC. En la actualidad, propone los mismos incentivos que ya hemos visto en otras comunidades:
- Descuentos en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).
- Ahorro del impuesto de matriculación para los vehículos que emitan menos de 120 g/km de dióxido de carbono.
Es importante saber que estas ayudas posiblemente no serán compatibles con el Plan Auto 2030, como así ocurría con el Plan MOVES, así que tendrás que decidirte por solicitar una u otra, pero en ningún caso las dos a la vez. Antes de comprar un coche, infórmate en tu ayuntamiento o comunidad autónoma y pregunta qué tipo de subvenciones ofrece y qué requisitos son necesarios para pedirlas.
Hazte Socio del RACE y conduce con la tranquilidad de saber que siempre estamos contigo:
asistencia en carretera 24/7, los 365 días del año, en todo el mundo.
¡Más información!Seguir leyendo → - ¿Vale la pena comprar un coche con etiqueta C?
En la actualidad, sigue siendo interesante en ciertos aspectos comprar y matricular un coche con etiqueta C en España. Esta decisión va a depender, sobre todo, de las restricciones de tráfico que tenga el municipio donde residas. Si vives en una Zona de Bajas Emisiones muy restrictiva que condiciona el uso de este tipo de pegatina ambiental, entonces tendrás que valorar si te compensa tener este tipo de vehículo o adquirir uno con etiqueta ECO o Cero.
Tu coche y tú merecéis viajar sin preocupaciones.
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¡Quiero ser Socio del RACE!¿Qué ventajas y desventajas presentan los coches de etiqueta C?
Teniendo en cuenta la asignación de los distintivos ambientales de la Dirección General de Tráfico (DGT), que se clasifican en función de su eficiencia energética y su impacto ambiental, la etiqueta C está justo en el medio, es decir, ni es el distintivo que más contamina ni el que menos, tal como se aprecia en la siguiente tabla:
Etiqueta Cero (menos contaminante) Etiqueta ECO Etiqueta C Etiqueta B Sin etiqueta o etiqueta A (más contaminante) El hecho de que los vehículos con etiqueta C estén en el término medio de esta clasificación hace que tengan sus pros y contras.
Ventajas de los coches con etiqueta C
Estas son algunas de las ventajas principales de los coches con etiqueta C:
- Acceso a la Zona de Bajas Emisiones: de momento, en la mayoría de municipios con ZBE se permite el acceso de los coches con etiqueta C, aunque tienen ciertas restricciones.
- Son menos contaminantes que los coches sin etiqueta o con etiqueta B y las restricciones que hay sobre ellos no son tan exigentes. Además, ofrecen un consumo de carburante reducido gracias al desarrollo de motores de gasolina muy eficientes.
- Precio asequible: aún no están tan demonizados los coches con etiqueta C, como ocurre con los vehículos sin etiqueta o con etiqueta B, así que todavía son una opción a tener en cuenta si quieres gastar menos dinero en comparación con la compra de un vehículo ECO o Cero.
Desventajas de los coches con etiqueta C
Estas son algunas de las desventajas principales de los coches con etiqueta C:
- La Unión Europea se ha puesto como objetivo dejar de vender coches de combustión que generan dióxido de carbono en unos años, así que antes o después los coches con etiqueta C, además de los de etiqueta B o sin etiqueta acabarán desapareciendo.
- Ligado al primer punto, va a hacer que a medio o largo plazo cada vez menos conductores busquen un coche con etiqueta B o C y opten por un coche con etiqueta Cero o ECO, así que el valor de reventa será menor.
¿Qué aspectos se deben tener en cuenta al comprar un coche con etiqueta C?
- Pasar a etiqueta ECO. Existen kits de conversión que adaptan un motor de combustión a GLP y GNC, lo que a su vez te va a permitir cambiar de distintivo ambiental, pasando de la C a ECO. Eso sí, tendrás que desembolsar entre 1.500 y 3.000 euros aproximadamente y no es válido para todos los modelos.
- Ten en cuenta que si vives en una ciudad en la que no hay ZBE vas a poder circular con tu coche con etiqueta C sin problema.
- Si estás dudando entre comprar un coche con etiqueta C, ECO o Cero, ten presente que los dos últimos tienen ciertas ventajas como:
- Circular por el carril VAO con un solo ocupante.
- Poder entrar y aparcar en las ZBE sin limitaciones.
- Exención del pago en algunos peajes.
- Descuento en el impuesto de circulación.
- Exención del impuesto de matriculación si emiten menos de 120 g/km de CO2.
- Aunque los vehículos ECO y Cero tengan esas ventajas, por norma general un vehículo con etiqueta C con características parecidas va a ser más económico.
Preguntas frecuentes sobre si vale la pena comprar un coche con etiqueta C
Resolvemos algunas de las dudas más comunes que pueden surgir a la hora de adquirir un coche con etiqueta C.
¿Qué es mejor: etiqueta B o C?
Si estás dudando entre los coches con etiqueta B o etiqueta C, la respuesta es sencilla: la etiqueta C. Teniendo en cuenta la clasificación de los distintivos ambientales de la DGT, después de los coches sin etiqueta (distintivo A) los que van a sufrir mayores restricciones de acceso en las grandes ciudades son los coches con etiqueta B.
Si no vives en una gran urbe y tu zona residencial no tiene limitaciones de acceso por el nivel de contaminación, es posible que te interese adquirir o mantener un vehículo con etiqueta B, ya que seguramente tenga un precio más económico y existen varias alternativas en el mercado, sobre todo de segunda mano. No obstante, si piensas a medio plazo y vas a viajar con el coche, para evitarte problemas innecesarios, como mínimo, es recomendable adquirir un coche con etiqueta C.
¿Cuándo se prohibirán los coches con etiqueta C?
Salvo nuevos cambios en las directrices marcadas desde Bruselas, 2035 es el año a partir del cual entrará en vigor la prohibición de vender nuevos vehículos dotados de motor de combustión y que usen gasolina o gasóleo, aunque han abierto ligeramente la mano al permitir los combustibles alternativos (producidos por energías renovables, los biocombustibles…). No obstante, y esta es una salvedad importante, los coches con motor de combustión sí podrán seguir conduciéndose hasta 2050 (año objetivo de la UE para la neutralidad climática y la descarbonización), por lo que el amplio margen de tiempo no constituye, a priori, impedimento alguno para la compra de estos vehículos.
De todas formas, más allá de lo que permita o no la Unión Europea, todo depende del municipio donde vivas y las restricciones que éste tenga. Si existe una Zona de Bajas Emisiones en tu localidad, por norma general los coches con etiqueta C tendrán más limitaciones de circulación o aparcamiento (o incluso el acceso restringido) que los coches con etiqueta ECO o Cero, aunque no tantas en comparación con un coche sin etiqueta o con etiqueta B.
¿Cuántos años tiene un coche con etiqueta C?
Los vehículos con etiqueta C corresponden con:
- Los turismos y furgonetas ligeras de gasolina que se hayan matriculado a partir de 2006.
- Los turismos y furgonetas ligeras diésel matriculadas desde septiembre de 2015.
- Que estén homologados con la normativa Euro 4, Euro 5 o Euro 6.
Por tanto, en la actualidad un coche con etiqueta C puede llegar a tener hasta unos 20 años de antigüedad (en el caso de los primeros gasolina matriculados en 2006). Eso no significa que todos los vehículos con etiqueta C que están en circulación tengan esos años. De hecho, en el mercado de la automoción todavía se pueden adquirir vehículos nuevos con estas pegatinas de la DGT.
¿Cuál es mejor, la etiqueta ECO o la etiqueta C?
Teniendo en cuenta que la tendencia desde Europa es restringir cada vez más los vehículos de combustión, lo más recomendable es comprar un coche con etiqueta ECO por diferentes motivos:
- Los vehículos híbridos, híbridos enchufables con baja autonomía o los vehículos de gas, que son los que se les asigna la etiqueta ECO, son más eficientes y suelen emitir menos emisiones contaminantes que los coches con etiqueta C.
- La pegatina ECO tiene más ventajas para entrar, circular y estacionar en una Zona de Bajas Emisiones, obligatoria en España en aquellos municipios con más de 50.000 habitantes.
- Tienen más ventajas fiscales.
- Su depreciación es menor y son mejor valorados en el mercado de segunda mano.
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¡Más información!Seguir leyendo → - Multas por exceso de velocidad en España
Si conduces en España, entre todos los tipos de multas que hay, una de las más comunes es recibir una multa por exceso de velocidad y la cantidad puede variar según los kilómetros por hora que sobrepasas el límite establecido en el Reglamento General de Circulación.
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Vigilamos tus multas y te ayudamos a recurrirlas.
¡Descúbrelo!Las sanciones pueden ir desde los 100 euros hasta los 600 euros, con la pérdida de entre 0 y 6 puntos. Si el exceso de velocidad es superior a 60 km/h en poblado o 80 km/h en vías interurbanas, puede ser constitutivo de delito, tal como se aprecia en la siguiente tabla:

Fuente: DGT
Tabla actualizada de multas, puntos y sanciones en 2026
En la siguiente tabla de sanciones, recogida por la Dirección General de Tráfico (DGT), puedes ver cuáles son las multas y cuántos puntos te quitan por exceso de velocidad. Las sanciones se organizan en tres niveles:
- Graves sin puntos.
- Graves con puntos
- Muy graves con puntos.
Las velocidades y las sanciones que aparecen son tanto para poblado (20, 30, 40 y 50 km/h) como para fuera de éste (desde 60 hasta 120 km/h).

Cuando superas el límite de velocidad y llegas a una falta muy grave, además de la multa de 600 euros y la pérdida de 6 puntos, este acto se puede considerar un delito (según el artículo 379 del Código Penal). Esto conlleva alguna de las siguientes variantes:
- Una pena de prisión de 3 a 6 meses.
- Una multa de 6 a 12 meses.
- Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
- La privación del derecho a conducir de 1 a 4 años.
Si, además, se considera que hubo conducción temeraria, la pena (artículo 380 del CP) es todavía mayor:
- Pena de prisión de 2 a 5 años.
- Multa de 12 a 24 meses.
- Privación del derecho a conducir de 6 a 10 años.
Límites de velocidad por tipo de vehículo
Además de las multas que acabas de ver, debes tener en cuenta que según el vehículo que conduzcas (motocicleta, turismo, autobús, camión…), los límites de velocidad pueden variar. En la siguiente tabla vienen claramente definidos:

En 2024, la DGT captó a más de 1.100 conductores circulando a velocidades (muchos de ellos por los radares que hay repartidos por España) que superaban los 80 kilómetros por hora sobre el límite legal establecido en las vías interurbanas -de momento, no existen datos consolidados oficiales de 2025-. Por ello, fueron llevados a juicio por un posible delito contra la Seguridad Vial.
Más allá de estos datos, en el 21% de los siniestros viales estuvo presente la velocidad inadecuada. De ahí, que sea fundamental respetar los límites de velocidad. Recuerda que si circulas más rápido, la distancia de frenada es mayor y tu tiempo de reacción ante un imprevisto se reduce. Además, a más velocidad, la gravedad de las lesiones es mayor.

Fuente: DGT
¿Cómo actuar ante una multa por exceso de velocidad?
Una vez que sabes las multas de tráfico que tienes, hay dos opciones:
- Pagar la multa: normalmente en los 20 días naturales desde la notificación para beneficiarte del 50 % del descuento por pronto pago.
- Recurrir la multa. Si consideras que la multa es injusta o no es correcta, puedes:
- Presentar alegaciones dentro de los 20 días desde la notificación. Si decides ir por esta vía perderás el descuento por pronto pago.
- Una vez que el organismo contesta, si la resolución es favorable la sanción se suspende. Si es negativa, puedes seguir reclamando con un recurso de reposición.
- Si la sentencia sigue siendo firme puedes acudir a un juez a través de un recurso contencioso-administrativo.
Preguntas frecuentes sobre las multas por exceso de velocidad
Resolvemos algunas de las preguntas más frecuentes sobre las multas por velocidad.
¿Cuándo es delito una infracción por exceso de velocidad?
Se considera delito cuando se sobrepasa el límite de velocidad máximo en 80 km/h en vías interurbanas y en 60 km/h si la circulación es en poblado.
¿Cuál es la multa por ir a 140 km/h en una carretera de 100?
Circular a 140 km/h en una vía limitada a 100 km/h supone un exceso de 40 km/h, lo que constituye una infracción grave, pero no penal. La sanción aplicable es:
- Multa económica: 300 €.
- Pérdida de puntos: 2 puntos del carné
No se considera delito porque, en vías interurbanas, el Código Penal solo entra en juego cuando se supera el límite en más de 60 km/h. Aun así, la sanción administrativa es elevada y tiene impacto directo en el saldo de puntos.
¿Qué pasa si vas a 120 km/h en una zona de 50?
Si circulas a 120 km/h en una vía limitada a 50 km/h, supone un delito contra la seguridad vial porque se está superando el límite en 70 km/h. Las consecuencias de esto pueden ser alguna de las siguientes opciones:
- Prisión de 3 a 6 meses.
- Multa de 6 a 12 meses.
- Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
- Retirada del carné: de 1 a 4 años.
Además de esto, la multa es de 600 euros y la retirada de 6 puntos del carnet de conducir.
¿De cuánto es la multa por ir a 120 km/h en una carretera de 100?
Ir a 120 km/h en una vía limitada a 100 km/h supone un exceso de 20 km/h. Por tanto, se considera una infracción grave, cuya sanción económica es de 100 euros, sin pérdida de puntos. Si se abona mediante pronto pago dentro de los 20 días naturales, la multa de la DGT se reduce al 50 %, quedando en 50 €.
¿Cómo impugnar una fotomulta por exceso de velocidad en 2026?
Estás en tu derecho de reclamar una multa por exceso de velocidad, si consideras que tiene sentido la impugnación, aunque eso no significa que tengas garantizada la anulación. Los pasos a seguir son:
- Revisa la notificación de la multa: comprueba si hay algún error en la fecha, matrícula, el lugar… Si lo hay, puede ser un motivo de peso para realizar la reclamación.
- Pide todas las pruebas posibles: imagen del radar, certificado de verificación del cinemómetro, el margen de error aplicado…
- Presenta las alegaciones dentro del plazo indicado (normalmente 20 días) con un escrito en el que expliques tus argumentos para reclamar la sanción.
- Si las alegaciones son desestimadas, tendrás que poner un recurso de reposición o un recurso contencioso-administrativo. Si finalmente se desestima, tendrás que pagar la sanción pendiente.
Recuerda que si aceptas el pronto pago renuncias automáticamente a la opción del recurso.
¿Puedo perder el carnet de conducir por una infracción por exceso de velocidad?
Sí, puedes perderlo si cometes un delito por superar el límite de velocidad máxima. Como el carnet es por puntos, también puedes perderlo si el número de puntos que te quitan es mayor que el número de puntos que te quedan en el carnet de conducir. Recuerda que por exceder el límite de velocidad puedes perder entre dos y seis puntos del carnet de conducir.
¿Qué margen de error tienen los radares?
En las multas por exceso de velocidad se tiene en cuenta el margen de error de los radares, ya sean fijos o móviles. Estos aparecen en la Orden ICT/155/2020:
VelocidadRadares fijos (nuevos en fase de pruebas)Radares fijos (verificación periódica)Radares móviles (nuevos en fase de pruebas)Radares móviles (verificación periódica)VelocidadHasta 100 km/h
Radares fijos (nuevos en fase de pruebas)margen de 3 km/h
Radares fijos (verificación periódica)margen de 5 km/h
Radares móviles (nuevos en fase de pruebas)margen de 5 km/h
Radares móviles (verificación periódica)margen de 7 km/h
VelocidadMás de 100 km/h
Radares fijos (nuevos en fase de pruebas)margen del 3%
Radares fijos (verificación periódica)margen del 5%
Radares móviles (nuevos en fase de pruebas)margen del 5%
Radares móviles (verificación periódica)margen de 7%
En este artículo te explicamos con varios ejemplos a qué velocidad saltan los radares en España.
En el RACE estamos contigo: recurrimos tus multas y nos hacemos cargo del curso para que recuperes tus puntos.
¡Quiero más información!Seguir leyendo → - ¿Pueden entrar las motos sin etiqueta por la ZBE de Madrid en 2026?
Las motos sin etiqueta ambiental (etiqueta A) pueden circular por la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Madrid durante 2026, gracias a la prórroga vigente anunciada a mediados de diciembre de 2025. A partir de 2027, si no hay nuevos cambios normativos, su acceso quedará restringido.
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¡Conoce todas las ventajas de ser Socio!¿Cuándo puedes acceder con la moto sin etiqueta por la ZBE de Madrid?
Tu moto sin etiqueta puede seguir accediendo al mapa de la ZBE de Madrid hasta el 31 de diciembre de 2026 gracias a una moratoria anunciada por el alcalde de la capital, José Luis Martínez Almeida. Sin embargo, para que eso sea posible el vehículo tiene que cumplir dos condiciones:
- Que la moto esté domiciliada en el Registro de Vehículos de la ciudad de Madrid.
- Figurar de alta en el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid.
Si no cumples con estos dos requisitos no podrás pasar con tu moto sin etiqueta ambiental por Madrid: no podrás acceder a la M-30 o a su interior, pero sí podrás utilizar la M-40, M-45 y M-50, así como las autovías radiales hasta el límite de la M-40.
¿Qué pasa para quienes tienen motos con etiqueta B o C?
Al igual que ocurre con las motos sin etiqueta, pueden circular por la ZBE de Madrid sin restricciones, más allá de las establecidas en la normativa municipal. Además, su limitación de circulación no se limita al año 2026. Podrán seguir circulando en los siguientes años a no ser que se anuncie una nueva norma que no permita su entrada y desplazamiento por la Zona de Bajas Emisiones de Madrid.
¿Las motos pueden entrar en Madrid Central (ZBEDEP Distrito Centro)?
Dentro de la ZBE de Madrid se encuentra la ZBEDEP Distrito Centro, lo que antiguamente era Madrid Central. Aquí las motos sin etiqueta no pueden entrar, salvo que sean históricas o su titular tenga una tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
¿En qué horario se puede circular en moto por Madrid Central?
- Si tu moto tiene etiqueta Eco o Cero, no existe ningún tipo de restricción horaria.
- Si tiene etiqueta B o C, puede entrar libremente en Madrid Central en horario de 7 h a 22 h. Fuera de esas horas, sólo puedes circular en moto por Madrid Central si la aparcas en un aparcamiento público, si tienes un garaje privado o si tienes la invitación de algún residente en la zona.
- Si tienes un vehículo histórico o pertenece a una persona con movilidad reducida con tarjeta de estacionamiento, tampoco tienes restricción horaria.
¿Las motos sin etiqueta pueden entrar en la ZBEDEP Plaza Elíptica?
Si tienes una moto sin etiqueta, no vas a poder entrar en esta Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección salvo si tu moto es histórica o eres titular de una tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
Si tienes una etiqueta Cero, Eco, B o C sí que podrás entrar sin ningún tipo de restricción.
Si no cumples con la normativa, la multa por entrar en una Zona de Bajas Emisiones es de 200 euros (100 euros por pronto pago). Si eres Socio del RACE y no estás de acuerdo con la sanción, nosotros te podemos ayudar a recurrir con nuestro servicio de aviso y gestión de multas.
Preguntas frecuentes
Resolvemos algunas de las dudas más comunes sobre la circulación de la ZBE de Madrid en 2026.
¿Qué pasa en 2026 con los coches sin etiqueta?
Al igual que ocurre con las motos sin etiqueta, también se aplica una nueva moratoria que permite circular a los coches sin etiqueta por la Zona de Bajas Emisiones de Madrid hasta el 31 de diciembre de 2026, siempre que estén domiciliados en el Registro de Vehículos de la ciudad de Madrid y figuren de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid.
Recuerda que esta excepción no se aplica en las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección de Madrid, donde se imponen limitaciones todavía más restrictivas para los vehículos que no tienen etiqueta ambiental de la DGT.
¿Qué coches no pueden entrar en Madrid en 2026?
Los vehículos que no pueden entrar en la Zona de Bajas Emisiones de Madrid en 2026 son aquellos que no tienen ningún tipo de etiqueta y no cumplen con las condiciones (estar en el Registro de Vehículos y estar al corriente de pago en el IVTM del Ayuntamiento de Madrid).
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¡Más información!Seguir leyendo → - El RACE alerta sobre la estafa de las denominadas “grúas pirata” y recuerda cómo protegerse en caso de avería o accidente
El Real Automóvil Club de España (RACE) recuerda a los conductores la existencia de una estafa vinculada a la actuación de las denominadas “grúas pirata”, vehículos no autorizados que se presentan como servicios de asistencia en carretera y que pueden provocar importantes perjuicios económicos a los usuarios además de ofrecer un servicio de menor calidad al no intentar la resolución de la incidencia en el lugar y limitar su actuación al simple traslado del vehículo.
Se trata de una tipología de estafa que afecta a conductores y que se produce cuando, tras una avería o accidente, un vehículo de asistencia no solicitado ofrece ayuda al conductor sin haber sido activado por su compañía de asistencia.
Además, la implantación de las balizas V16 ha conllevado la generalización de sistemas de geolocalización de incidencias y la creación de mapas públicos de tráfico, que, aun teniendo como objetivo mejorar la seguridad vial, pueden ser utilizados de forma indebida por operadores no autorizados para localizar situaciones de vulnerabilidad.
Una estafa que se aprovecha de la urgencia
Estas actuaciones se apoyan en la situación de estrés y vulnerabilidad en la que se encuentra el conductor cuando sufre una incidencia en carretera. En muchos casos, estos vehículos imitan la imagen de servicios legítimos y presionan al usuario para retirar el vehículo con rapidez, trasladándolo posteriormente a talleres no concertados y exigiendo pagos desproporcionados por la intervención realizada.
Recomendaciones del RACE para evitar esta estafa
El RACE recuerda a todos los conductores una serie de pautas clave:
- Solicitar siempre la asistencia contratada bien sea con un club de automovilistas, compañía aseguradora, fabricante del coche o empresa de renting o alquiler.
- No realizar ningún pago por adelantado en carretera por servicios que estén incluidos en la asistencia contratada. Antes de aceptar la intervención, preguntar al conductor de la grúa por los costes del servicio y, en caso de no ser gratuito, confirmarlos previamente con la compañía de asistencia.
- Esperar a que se confirmen los datos del servicio que va a acudir. La mayoría de las compañías de asistencia envía confirmación mediante SMS o seguimiento en tiempo real en sus apps.
- Desconfiar de cualquier grúa que se ofrezca sin haber sido solicitada previamente.
- Comprobar la identificación del conductor y del vehículo antes de permitir la intervención.
- No firmar ningún documento ni autorizar el traslado si no se tiene la certeza de que el servicio ha sido activado por la compañía de asistencia.
- Ante cualquier duda, contactar directamente con la compañía de asistencia antes de autorizar ninguna actuación.
Tecnología, trazabilidad y acompañamiento al conductor
Desde el RACE, que opera una de las principales redes de asistencia en carretera de España, se subraya la importancia de utilizar siempre canales oficiales y plataformas de gestión avanzadas que permiten identificar, validar y monitorizar cada servicio en tiempo real, garantizando la trazabilidad de las actuaciones, la transparencia del proceso y la protección del conductor.
“La asistencia en carretera debe ser sinónimo de confianza, control y acompañamiento. En el RACE trabajamos con procesos digitalizados, herramientas basadas en inteligencia artificial y una red de proveedores de asistencia en carretera que aseguran que cada actuación esté plenamente identificada y validada. Nuestro compromiso es claro: ante cualquier incidencia, los conductores nunca estarán solos”, señala Alexandre Montalbán, Director de Afiliación de la entidad.
El RACE recomienda denunciar cualquier intento de estafa ante las autoridades competentes y conservar toda la documentación o comunicaciones relacionadas con el servicio recibido, ya que pueden resultar determinantes para la investigación de este tipo de prácticas y para la protección de otros conductores.
Más información:
Departamento de Comunicación Corporativa
comunicacion@race.esSeguir leyendo → - ¿Es obligatorio llevar casco en patinete eléctrico este 2026?
Por norma general, es obligatorio llevar el casco en patinete eléctrico este 2026. Aunque actualmente todavía no está aprobado el nuevo Reglamento General de Circulación (que está al caer, aunque sin fecha definida aún), en el que aparecerá de forma expresa la obligatoriedad del casco cuando se circule con un Vehículo de Movilidad Personal en todo el territorio nacional, la normativa actual deja que sean las ordenanzas locales y las regulaciones específicas de cada municipio las que decidan en último término si es obligatorio su uso.
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¡Hazte Socio ahora!La DGT estableció en 2019 la Instrucción 2019/S-149 TV-108 en la que daba los primeros pasos para establecer unos límites y un orden a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), que año tras año han ido proliferando en España. Debido a su aumento, surgió la necesidad de regularlos con más claridad.
Esta instrucción ya delegaba en los ayuntamientos de cada ciudad la responsabilidad de establecer unos límites con este tipo de vehículos. Así, mientras que en algunas ciudades eran más flexibles con los patinetes eléctricos, en otras no se les permitía circular por la acera, se establecía un límite de edad mínimo y se obligaba a la utilización del casco.
Años después, la normativa del patinete eléctrico se ha ido asentando y muy pronto se actualizará el Reglamento General de Circulación poniendo el punto de mira en:
- El aumento del nivel de seguridad de los usuarios en las vías, incluidos aquellos que lleven patinetes eléctricos.
- La movilidad segura y sostenible en el ámbito urbano.
¿Qué dice la última normativa sobre si es obligatorio llevar casco en patinete eléctrico?
Cuando entre en vigor el Reglamento General de Circulación actualizado, partirá de la base establecida en el Real Decreto que trata la protección a usuarios vulnerables de la vía.
En este RD se mencionan varias medidas concretas que se aplicarán con los VMP para intentar reducir la siniestralidad vial:
- La obligatoriedad de llevar casco homologado cuando se circula en patinete eléctrico.
- Quienes circulen en VMP en situaciones de escasa visibilidad o por la noche también deberán llevar elementos luminosos o retrorreflectantes que permitan que sean vistos a una distancia mínima de 150 metros.
- Se establece la obligación de utilizar chaleco reflectante de alta visibilidad a los conductores de patinetes eléctricos que desarrollen su actividad profesional en este tipo de vehículos con el fin de reforzar su seguridad.
Hasta que esto sea una realidad, la última palabra sobre los patinetes eléctricos la siguen teniendo las ordenanzas de movilidad de cada municipio.
Otros requisitos de los patinetes eléctricos
Más allá de estos puntos establecidos, la DGT anunció en 2024 otra serie de requisitos técnicos y obligaciones que se añaden a la normativa de los patinetes eléctricos. En la siguiente imagen puedes ver todos los elementos que son necesarios si quieres circular con tu patinete eléctrico por las calles de tu ciudad.

Multas y sanciones por no llevar el casco obligatorio en el patinete eléctrico
Existen varios tipos de sanciones para aquellos que circulan con un patinete eléctrico de forma indebida. Aquí tienes todos los detalles sobre las multas más frecuentes que te pueden poner circulando en patinete eléctrico. Entre ellas se encuentran las sanciones por no llevar el casco puesto, que se establecen en 200 euros a nivel nacional, aunque luego puede variar dependiendo de la normativa de cada municipio.
Infracción cometidaMultaInfracción cometidaIr dos en un patinete eléctrico (sólo puede circular una persona montada)
Multa100 euros
Infracción cometidaConducir un patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol
MultaEntre 500 y 1.000 euros
Infracción cometidaConducir un patinete eléctrico bajo los efectos de las drogas
Multa1.000 euros
Infracción cometidaViajar con un patinete eléctrico en transporte público
MultaEntre 100 y 200 euros
Infracción cometidaCasco obligatorio en patinete (no llevarlo es motivo de sanción)
Multa200 euros
Es importante que tengas en cuenta que aunque puedes conducir un patinete sin carnet ya que, de momento, no es obligatorio sacarse ningún tipo de licencia para llevar uno por la calle, sí que es obligatorio contratar algún tipo de seguro con tu patinete eléctrico para que tengas, como mínimo, una cobertura de responsabilidad civil en caso de accidente.
¿Se puede recurrir una multa de un patinete eléctrico?
Como cualquier sanción de tráfico, puedes pagarla o recurrirla si no estás de acuerdo. No obstante, antes de optar por el recurso, comprueba que tus datos estén bien y que toda la información sea correcta. Si presenta defectos de forma (error en la fecha o el lugar, por ejemplo), no será válida.
Observa quién te ha puesto la multa ya que, dependiendo de si es la DGT o un ayuntamiento, tendrás que dirigirte a uno u otro para el recurso (yendo en patinete, normalmente será el segundo). En este artículo del RACE te explicamos con detalle qué debes hacer en cada caso.
Preguntas frecuentes
A continuación resolvemos algunas dudas más frecuentes:
¿Cuándo es obligatorio el casco en patinete eléctrico?
En el artículo 47 de la Ley de Tráfico figura el siguiente texto literal: “el conductor de un vehículo de movilidad personal estará obligado a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determine”. Por tanto, es una obligación genérica que está pendiente de definir de forma concreta cuando se actualice el Reglamento General de Circulación. Hasta entonces, la normativa final depende de la ordenanza de movilidad de cada municipio, que incluso puede ser más restrictiva y obligar al uso del casco a cualquier usuario de patinete eléctrico, tanto a menores como mayores de 18 años.
¿Cuál es la multa por no llevar casco en un patinete eléctrico?
La sanción económica va a depender de la normativa local donde estés, hasta que entre en vigor la normativa estatal con el Reglamento General de Circulación. La multa puede rondar entre los 100 y 200 euros, normalmente.
¿Cuál es la ley que trata los patinetes eléctricos?
La ley más reciente aplicable a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) es la Ley 5/2025, de 24 de julio, por la que se modifica la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor. En esta normativa se incluye el concepto «vehículos personales ligeros» y se les obliga a tener un seguro de responsabilidad civil.
Más allá de esta Ley 5/2025, los patinetes eléctricos y los VMP aparecen regulados en otras normativas:
- Reglamento General de Circulación: explica por dónde no pueden transitar los VMP (zonas peatonales, travesías, aceras…) y otras cuestiones como la tasa máxima de alcohol, la prohibición de usar los auriculares, etc.).
- Reglamento General de Vehículos: define lo que es un vehículo de movilidad personal y explica el cumplimiento del Manual de características técnicas publicado por la DGT.
- Ley sobre Tráfico: establece una base legal legal para establecer ciertas obligaciones a los usuarios de VMP como el uso obligatorio del casco en ciertas circunstancias reglamentarias, pendientes de definir con mayor detalle.
El patinete eléctrico es un vehículo muy útil para desplazarse de forma eficiente y ecológica por las calles de tu ciudad. Sin embargo, debes cumplir con la normativa vigente establecida en el Reglamento General de Circulación, aunque de momento no tengas que tener un carnet para llevarlo. No olvides repasar estas normas de circulación antes de salir a la calle con tu VMP.
Evita sorpresas y gana tranquilidad: como Socio del RACE, te avisamos de tus sanciones y recurrimos tus multas.
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