Conoce todos los detalles de la Zona de Bajas Emisiones en Madrid y el mapa de la misma y circula con tranquilidad.
Tras la aprobación de la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible en septiembre de 2021, Madrid cumple la normativa impuesta por la Ley del Cambio Climático y Transición Energética, que exige una Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en 2023 para los municipios más poblados de España.
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¿Qué coches pueden acceder a la Zona de Bajas Emisiones de Madrid este 2026?
En la Zona de Bajas Emisiones de Madrid, que forma parte del plan de sostenibilidad Madrid 360, hay ciertas restricciones de acceso según la etiqueta asignada para cada vehículo. Así, los coches que pueden entrar en la ZBE Madrid son:
- Todos los turismos que tengan alguna etiqueta de la DGT.
- Los vehículos sin etiqueta empadronados en Madrid vuelven a tener por segunda vez una moratoria por lo que podrán circular por el municipio de Madrid durante todo el año 2026. Ya en 2027 tendrán restringido el acceso, independientemente de su empadronamiento.
- Los vehículos históricos también pueden acceder a la M-30 y sus calles interiores.
- Los vehículos cuya función sea el traslado de personas con movilidad reducida, siempre que estén registrados en el sistema de gestión de accesos de la ZBE de Madrid, tengan una tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida y que el titular sea una persona minusválida.
- Los vehículos utilizados en los servicios de emergencia o el Ejército.
En el mapa de la ZBE Madrid 2026 situado arriba puedes comprobar el área que limita el acceso a los vehículos sin etiqueta que no están empadronados en la Zona de Bajas Emisiones de Madrid.
¿Puedo circular sin etiqueta por la ZBE de Madrid en 2026?
Desde el 1 de enero de 2025 los vehículos sin etiqueta, no empadronados en Madrid, no pueden acceder a la ZBE de Madrid. Sin embargo, los vehículos sin etiqueta empadronados en Madrid vuelven a tener un año más de moratoria, de manera que hasta el 31 de diciembre de 2026 podrán acceder y circular por la ZBE de Madrid. A partir de 2027 sólo podrán entrar en el área restringida aquellos vehículos sin etiqueta que cumplan con los requisitos nombrados en el apartado anterior.
Fuera de los supuestos anteriores (vehículo histórico, vehículos de personas con movilidad reducida y servicios de emergencias), se pueden solicitar al Ayuntamiento permisos temporales por razones sanitarias y profesionales, o si se va a realizar la entrega de un vehículo nuevo que sustituye a otro antiguo.
Cualquier vehículo sin etiqueta que no cumpla con los debidos requisitos de excepcionalidad serán sancionados con 200 euros de multa por circular por la ZBE de Madrid. No obstante, sí que podrás transitar por los tramos de vías M-40, M-45 y M-50 que transcurren dentro del término municipal de la ciudad de Madrid porque no tienen naturaleza de vía urbana, por lo que no forman parte del ámbito territorial de Madrid Zona de Bajas Emisiones.
La medida afecta a los turismos con etiqueta A (vehículos sin etiqueta), es decir, los diésel matriculados antes de 2006 o los de gasolina anteriores al año 2000.

*Fuente: Geoportal Madrid. Perímetro negro: ZBE Madrid. Perímetro rojo: ZBEDEP Distrito Centro.




¿Qué etiquetas pueden entrar en la ZBE de Madrid en 2026?
Pueden entrar a la Zona de Bajas Emisiones de Madrid todos los vehículos con distintivo ambiental que contempla la DGT. Son las siguientes:
- Etiqueta Cero: la llevan los híbridos enchufables con una autonomía de hasta 40 km, los vehículos de pila de combustible, los coches eléctricos (BEV) y los eléctricos de autonomía extendida (REEV).
- Etiqueta Eco: corresponde a los híbridos no enchufables, los que utilizan gas natural y los vehículos híbridos enchufables que no puedan recorrer más de 40 km en modo eléctrico.
- Etiqueta C: corresponde a los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados a partir de 2006. También llevan esta etiqueta los turismos y furgonetas diésel matriculados a partir de septiembre de 2015.
- Etiqueta B: la pueden llevar los turismos y furgonetas con motor de gasolina matriculados entre enero de 2001 hasta 2005, incluido. De igual modo, las furgonetas y turismos diésel matriculados desde 2006 hasta agosto de 2015.
¿Qué días se puede circular por el mapa de la Zona de Bajas Emisiones de Madrid sin etiqueta?
La ZBE Madrid está activa todos los días del año, así que si tienes un vehículo sin etiqueta sin empadronar no podrás acceder ningún día, salvo que cumplas con alguno de los requisitos de acceso.
¿Qué horario tiene la ZBE Madrid?
La Zona de Bajas Emisiones de Madrid funciona las 24 horas los 365 días del año y restringe en todo momento (salvo las excepciones antes explicadas) el acceso a los vehículos sin etiqueta no empadronados en Madrid. Los vehículos empadronados en Madrid sí podrán circular hasta el 31 de diciembre de 2026. Los vehículos con etiqueta C en Madrid y los vehículos con etiqueta B en Madrid no tienen limitación de acceso.
Es importante aclarar que dentro de la ZBE Madrid hay dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) con sus propias normas: ZBEDEP Distrito Centro (el antiguo Madrid Central) y ZBEDEP Plaza elíptica.
En el caso de la ZBEDEP Distrito Centro hay una restricción horaria continua a los vehículos sin etiqueta. Los vehículos con etiqueta C y etiqueta B pueden pasar a la antigua ZBE Madrid Central, siempre que aparquen en un aparcamiento público o cumplan con otra serie de requisitos detallados más adelante. Las motocicletas o ciclomotores pueden acceder sin restricciones entre las 7 y las 22 horas; fuera de ese horario deben estacionar en un parking público, ser invitado por un residente o disponer de una plaza de garaje.
La ZBEDEP Plaza Elíptica también está activa las 24 horas del día los 365 días del año y, al igual que la ZBE Madrid, limita el acceso de los vehículos sin distintivo ambiental.
¿Qué requisitos debo cumplir para entrar en las ZBEDEP Distrito Centro y Plaza Elíptica?
En el caso de los turismos, no pueden acceder si tienen etiqueta C o B (los de etiqueta Cero y ECO no tienen restricciones) a la ZBEDEP Distrito Centro salvo algunas excepciones:
- Que aparques en un parking público.
- Que estés empadronado en el Distrito Centro y que tu vehículo esté domiciliado en la ciudad de Madrid.
- Que seas autónomo o una empresa y tengas un local u oficina en Distrito Centro o seas invitado por uno de ellos.
- Que el vehículo esté destinado al transporte de personas que sean titulares de una tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
- Que tengas una plaza de garaje particular.
- Que seas una VTC o taxi y tengas un servicio contratado en la ZBEDEP.
- Que accedas a un taller de reparación de vehículos del Distrito Centro.
- Que trabajes en un establecimiento del Distrito Centro con horario nocturno (entre las 00:00 horas y las 06:00 horas.
- Si utilizas un vehículo de empresa que entrega o recoge suministros (excluyendo turismos, ciclomotores y motocicletas):
Los requisitos de entrada de la ZBEDEP Plaza Elíptica dependen directamente de que tengas un vehículo con etiqueta o sin ella. Si no la tienes, no podrás acceder a su interior, incluso si estás empadronado en alguno de los barrios de Abrantes, Opañel, Comillas, Moscardó o Zofío a no ser que tengas un vehículo histórico o lleves a una persona con movilidad reducida que sea titular de una tarjeta de estacionamiento de dicha naturaleza.
Preguntas frecuentes
¿Puedo aparcar en un parking privado si no tengo etiqueta?
Aunque tengas una plaza privada dentro de la Zona de Bajas Emisiones de Madrid no podrás acceder a ésta con tu coche sin etiqueta para poder aparcar ya que la Ordenanza prohíbe el acceso a la misma, a no ser que cumplas con alguna de las excepciones (vehículo histórico, Persona de Movilidad Reducida con tarjeta o vehículo de emergencia).
¿Qué pasa si mi coche es de empresa o de reparto?
El acceso con tu vehículo de empresa o reparto va a depender de la etiqueta que tengas, de la zona a la que quieras acceder y de si tienes permiso o no:
- Si tienes una furgoneta sin etiqueta no podrás circular por la ZBE de Madrid.
- Si tienes una furgoneta con etiqueta B y C podrás circular sin problemas por la ZBE de Madrid. Sin embargo, si quieres entrar a una zona de especial protección en Distrito Centro o Plaza Elíptica, tendrás que aparcar en un parking o solicitar una autorización en el Sistema de Gestión de Accesos para realizar un servicio urgente o profesional. Si la furgoneta pertenece a una empresa registrada dentro de estas ZBE también podrá acceder sin tener que solicitar una autorización temporal.
- Con una furgoneta ECO o 0 podrás entrar sin limitaciones a la ZBE de Madrid y las ZBEDEP.
¿Qué pasa con la etiqueta B en 2026?
La etiqueta B no desaparece ni queda prohibida de forma general en 2026: los vehículos con distintivo B seguirán pudiendo circular por la mayor parte del municipio (ZBE Madrid). Sin embargo, para acceder al Distrito Centro o Plaza Elíptica, al ser una Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección tendrán que aparcar en un parking o tener la invitación de un residente si no quieren recibir una sanción de 200 euros.

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¿Puedo circular sin etiqueta por la ZBE de Madrid en 2026?
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