Cruzar el paso de cebra en bici: ¿qué dice la normativa?

Cruzar un paso de peatones en bicicleta genera dudas entre algunos ciclistas. La normativa de tráfico es clara y no deja margen a interpretaciones: el ciclista es considerado un vehículo y, por tanto, debe cruzar el paso de peatones caminando. Solo en casos concretos puede cruzar sin bajarse de la bicicleta.Te explicamos qué dice la ley, cómo hacerlo correctamente y qué sanción conlleva incumplirla.

Si eres ciclista y circulas montado en tu bicicleta por un paso de peatones, no lo estás haciendo de forma legal. Como norma general, no se puede cruzar un paso de peatones montado en bicicleta.

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El Reglamento General de Circulación (RGC) considera la bicicleta un vehículo, por lo que el ciclista debe bajarse y cruzar andando, comportándose como un peatón. Así lo establece el artículo 65 del RGC, que reserva el uso del paso de peatones exclusivamente a peatones, salvo señalización específica.

¿Cómo cruzar correctamente con la bicicleta un paso de peatones?

Si vas con tu bicicleta y quieres cruzar un paso de peatones, debes proceder de la siguiente forma:

  • Detente antes del paso.
  • Bájate de la bicicleta.
  • Cruza el paso de cebra andando y empujando la bicicleta.

Ahora bien, más allá de esta norma general, existen ciertas señales que permiten a los ciclistas cruzar un paso montados:

Señal
Pictograma
Significado
Señal

S-45

Pictograma
bicicleta paso de cebra
Significado

Indica la situación de un paso para ciclistas.

Señal

S-46

Pictograma
bicicleta paso de cebra
Significado

Indica la situación de un paso para peatones adosado o compartido con un paso para ciclistas.

Fuera de estos supuestos, cruzar montado es incorrecto y sancionable.

¿Cuál es la multa por cruzar un paso de peatones montado en bicicleta?

La sanción por cruzar un paso de peatones montado en bicicleta se considera como grave, lo que conlleva una multa de 200 euros (100 euros por pronto pago), según se establece en el artículo 65.4 del Reglamento General de Circulación.

Preguntas frecuentes

¿Tienes alguna duda como ciclista a la hora de cruzar un paso de peatones? A continuación, resolvemos alguna cuestión:

¿Quién tiene preferencia en un paso de peatones: un ciclista o un coche?

En un paso de peatones convencional, el coche tiene preferencia sobre el ciclista si este último cruza montado en la bicicleta, ya que los pasos de cebra son para peatones. El ciclista solo tiene prioridad si se baja y cruza a pie (como peatón) o si es un paso para ciclistas debidamente señalizado.

En el artículo 25 de la Ley sobre Tráfico se puede consultar en qué casos el conductor de una bicicleta tiene prioridad de paso respecto a otros vehículos.

¿Dónde está prohibido circular con bicicleta?

Según la normativa de bicicletas vigente recogida en el Reglamento General de Circulación, está prohibido circular con la bicicleta:

  • Por aceras y zonas peatonales, salvo señalización expresa.
  • Por autovías y autopistas, salvo los tramos específicamente habilitados.
  • En vías urbanas donde lo prohíba la ordenanza municipal.

¿Se pueden llevar cascos con música mientras circulas en bicicleta?

No. El artículo 18.2 del RGC prohíbe utilizar cascos o auriculares conectados a reproductores de sonido mientras se conduce, incluidos los ciclistas (tampoco si cruzas un paso de peatones). La multa es de 200 euros.

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