No podrás presentar un recurso o alegación por la vía administrativa si ya has pagado una multa de tráfico, aunque sí tendrás abierta la posibilidad de realizar esta reclamación por vía judicial.
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El artículo 85 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deja claro que si una persona paga de forma voluntaria una sanción, reconoce su responsabilidad y esto implica la terminación del procedimiento por la vía administrativa, a no ser que se haya vulnerado algún derecho fundamental. No obstante, en la sentencia 232/2021 del Tribunal Supremo se expresa que a pesar de esta limitación, una persona puede presentar un recurso a través de la Justicia española.
¿Cómo reclamar una multa ya pagada por la vía judicial?
Una vez que se han agotado las opciones de presentar un recurso por la vía administrativa, la única posibilidad es recurrir a la vía contencioso administrativa (recomendable contratar los servicios de un abogado) siguiendo los siguientes pasos:
- Obtén todos los documentos de la multa: boletín de denuncia, justificante del pago, los documentos incluidos con la multa (fotos, identificación del denunciante, etc.)
- Accede y obtén copias de los documentos del expediente administrativo (certificados de calibración del radar, imágenes, vídeos, etc.)
- Tienes un plazo máximo de dos meses para presentar la reclamación desde que realizaste el pago y, por tanto, se puso fin al recurso por vía administrativa.
- Redacta y presenta la demanda contencioso-administrativa. En ella deben constar los hechos y adjuntar todos los documentos que sirvan de prueba en el expediente. Se debe solicitar la anulación de la sanción y la devolución del importe abonado. Se puede solicitar la suspensión de la ejecución del acto sancionador (por ejemplo, para evitar que te embarguen).
- Una vez presentada la demanda, se presentan todas las pruebas y el
juez decidirá la celebración de la vista. - Tras la vista, quedará conocer la sentencia. Si es favorable, la sanción quedará anulada y se solicitará la devolución del importe abonado. Si la sentencia es desestimatoria la administración se quedará con el dinero de la multa que ya pagaste.
¿Qué necesitas para que te devuelvan el dinero de las multas pagadas en la Dirección General de Tráfico?
Más allá del caso anterior en el que debes acudir a la vía judicial para reclamar una multa ya pagada, hay situaciones en las que no es necesario pasar por dicho trámite. Se puede reclamar una multa ya pagada y pedir la devolución del dinero, siempre que sea justificable esa solicitud.
Puedes demandar que te devuelvan el dinero siempre que hayas cometido un error en el pago del importe:
- Si el importe no coincide con el de la sanción.
- Si has pagado dos veces la misma cantidad.
- Por cualquier otra anomalía con el importe que justifique la solicitud de la devolución.
Para solicitar la devolución del pago de la multa a través de la DGT necesitas la siguiente documentación:
- Impreso de solicitud de devolución de tasas.
- Justificante del pago de la sanción.
- Copia de la resolución del recurso o reclamación si es la causa de la devolución.
- Justificante de la autorización del sancionado hacia otra persona que no sea el titular ni el pagador para realizar la solicitud de la devolución del pago.
La devolución la puede reclamar:
- El titular de la sanción.
- La persona que pagó la sanción, si es diferente al sancionado. En el justificante del pago debe constar el DNI del pagador.
- Una persona diferente al titular o el pagador. Para ser su representante debe tener la autorización del sancionado a través del Registro de apoderamientos de la DGT.
No hay un plazo fijo estimado de devolución de la multa aunque, de forma orientativa, se puede llegar a retrasar hasta 6 meses, según informan en la DGT.
¿Dónde reclamar la devolución del dinero de una multa ya pagada?
Si ya has abonado una sanción de tráfico y existe una razón justificada para pedir que te devuelvan el dinero, es importante saber a qué canales acudir. La Dirección General de Tráfico da opción presencial como digital para tramitar esta solicitud, siempre que se cumplan los requisitos. Aquí tienes cómo y dónde hacerlo:
- De forma presencial, en una jefatura de Tráfico.
- Por Internet, a través del Registro Electrónico de la DGT. Necesitas DNI electrónico, certificado electrónico o credenciales cl@ve para acceder al registro.
Unas últimas consideraciones de las multas pagadas
- La solicitud de la devolución es gratuita.
- La devolución se realizará a la cuenta corriente de la persona que ha rellenado los campos de «datos del interesado».
- La DGT no te informa de cuándo te hacen la devolución, te encontrarás directamente el dinero en tu cuenta, si es que el proceso es favorable.
- Te pueden devolver un importe distinto al que has solicitado: durante el proceso de evaluación de la solicitud se revisa la documentación y el expediente de la sanción.
- Analiza bien quién te ha puesto la sanción ya que, si en lugar de la DGT es el ayuntamiento, entonces caerá en saco roto la solicitud de la devolución de la multa a la DGT.
- Consulta aquí si tienes alguna multa de tráfico pendiente.
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